En el recurso contencioso-administrativo número 1.509/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Matma, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de junio de 1993 y 23 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 25 de noviembre de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de "Matma, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fechas 3 de junio de 1993 (BOPI de 1 de agosto de 1993), confirmada en reposición por la de 23 de mayo de 1994, y que concedieron a Jim-Nin SCP la inscripción de la marca mixta (gráfico-denominativa) española im-Nin'' número 1.617.672, para productos de la clase 39 del nomenclátor oficial, en concreto "servicios de almacenamiento, distribución y transporte de toda clase de prendas de vestir" (clase 39 del nomenclátor oficial); y consistente en parte de la razón social "Jim Nin" escrita con letras de trazo fino, acompañada en su parte derecha por un dibujo de forma triangular, a modo de patrón de camisa, en el que se inscriben diversas formas fonéticas, y sobre dicho dibujo aparece otro de forma rectangular, todo ello tal y como muestra el diseño adjunto, Resoluciones que se confirman en su integridad por ser en todo conformes con el ordenamiento jurídico.
No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este recurso.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado»
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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