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Documento BOE-A-1996-28717

Resolución de 29 de noviembre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 2.257/1994, interpuesto por don Carlos Miquel Viladegut y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 1996, páginas 38264 a 38264 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-28717

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 22 de julio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 2.257/1994, interpuesto por don Carlos Miquel Viladegut, doña Inés Tomás Pau, don Javier Miguelena Bobadilla, don Fernando Nevot Espuña, doña Micaela Martín Blázquez, don José María Martínez Quintanilla, doña Alicia Lou Gravalos, don Francisco Mesa Ruiviejo, doña Laura Gaspar Lorenz, doña María Jesús Ariche Axpe, doña María Carmen Costa Torres, doña María Carmen Besora Drudis, doña María Carmen Prim Perot, doña María Blanca I. Garcés Lanau, don Juan Marco Remus, don Fernando Garsaball Mascarell, doña María Teresa Más López, don Julián Camarasa Cauface y doña María Pilar Duch Oró, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición planteado por los interesados contra las Resoluciones de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de 12 de mayo de 1989, que les nombraron en determinados puestos de trabajo por reclasificación.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Antonio Gómez de la Serna Adrada en nombre y representación de las personas relacionadas en el encabezamiento de esta sentencia contra la Resolución desestimatoria presunta del recurso de reposición formulado contra la resolución de 12 de mayo de 1989, debemos confirmar y confirmamos dichas resoluciones administrativas por ser conformes a derecho, sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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