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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una Sentencia el 31 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 2.583/1994, interpuesto por doña Matilde Gómez Pereda, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que desestimó su solicitud de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenece.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que, desestimando el recurso interpuesto por doña Matilde Gómez Pereda, contra la Resolución referida al principio, denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo, o actual, a que pertenece dicho recurrente, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es conforme a Derecho; sin hacer imposición de las costas procesales.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 22 de noviembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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