Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 28 de septiembre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.951/1993, promovido por don Juan Quintela Peteiro, sobre abandono definitivo de la producción lechera; sentencia cuyo parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo deducido por don Juan Quintela Peteiro, contra Resolución del Director general de Servicios (en atribuciones delegadas por Orden de 30 de julio de 1990, "Boletín Oficial del Estado" del 2 de agosto), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Administración Estatal, de 14 de junio de 1993, desestimatoria de recurso de alzada contra Resolución del Director general del Servicio Nacional de Productos Agrarios, de 17 de febrero del mismo año, resolutoria del compromiso de abandono definitivo de la producción lechera concertado con el que aquí recurrente por incumplimiento de este, y dejando sin efecto la cantidad de referencia asegurada al mismo; sin hacer pronunciamiento respecto de las costas devengadas en la substantación de este procedimiento.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 5 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 14 marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del SENPA.
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