Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Sadelta, Sociedad Anónima», con domicilio social en Cerdanyola, P. Tecnologic del Vallés, C/9, ED10, código postal 08290,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al receptor buscapersonas (con acuse de llamada) marca «Multitone», modelo RPR-361, con la inscripción E 00 95 0552, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 26 de septiembre de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre) se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Receptor buscapersonas (con acuse de llamada).
Fabricado por: «Multitone», en Reino Unido.
Marca: «Multitone».
Modelo: RPR-361,
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 2415/1994 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de enero de 1995),
con la inscripción / E / 00 95 0552 /
y plazo de validez hasta el 30 de septiembre de 2000.
Advertencia:
Separación canales adyacentes: 20 kHz.
Banda utilizable: 40,875-40,950 MHz, según UN-12 del CNAF.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1.ºde la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 26 de septiembre de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid