Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de don Tomás Pastor Gutiérrez, con domicilio social en Madrid, paseo San Francisco de Sales, número 44, P-10, código postal 28003,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación a la tarjeta modem con emulación de fax para RTC, marca «Creatix», modelo SG-144i, con la inscripción E 00 95 0671, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 23 de octubre de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Tarjeta modem con emulación de fax para RTC.
Fabricado por: «Creatix Polymedia», en Alemania.
Marca: «Creatix».
Modelo: SG-144i.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 12 de diciembre), y Real Decreto 1532/1989, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 19), /
con la inscripción / E / 00 95 0671 /
y plazo de validez hasta el 31 de octubre de 2000.
Advertencia:
Este equipo incorpora como modems, V21, V22, V22 bis, V23, V32 Y V32 bis.
Para V32 bis no se garantiza la interoperabilidad ni con los del mismo tipo, ni con cualquier otro que pueda conectarse a la red telefónica conmutada.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo del 14.2, del Real Decreto 1066/1989.
Madrid, 23 de octubre de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.
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