En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo antes referenciado interpuesto por don Luis Elices Alvarez contra acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de abril de 1995, que desestima su solicitud de indemnización de daños y perjuicios ocasionados con motivo del adelanto de la edad de jubilación forzosa.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 2 de febrero de 1996.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.
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