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Documento BOE-A-1996-4759

Orden de 15 de febrero de 1996 por la que se modifica la de 15 de junio de 1994, por la que se regula la redistribución y adscripción a otros puestos de trabajo docentes de los Maestros de los centros de Educación Primaria afectados por la implantación del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 1996, páginas 8272 a 8272 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-4759

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 15 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 23), se establecen los criterios y procedimientos a que debe ajustarse la convocatoria para la redistribución y adscripción a otros puestos de trabajo docentes de los Maestros de los centros de Educación Primaria afectados por la implantación del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

De conformidad con aquella Orden, se realizaron los procesos indicados en los institutos de Educación Secundaria y centros de Primaria a ellos adscritos, que adelantaron el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria en los cursos 1994/1995 y 1995/1996, que se relacionaron por Ordenes de 20 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 24) y 13 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 23).

La experiencia adquirida en cursos anteriores, así como la circunstancia del alto número de institutos que implantarán el próximo curso 1996/1997 el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, con el correlativo aumento del número de participantes en estos procesos y la mayor complejidad que entraña su tramitación, aconsejan introducir en aquella Orden de 15 de junio de 1994 ciertas modificaciones referidas a aspectos concretos de la regulación en ella contenida, sin perjuicio de que se mantenga en lo sustancial dicha regulación,

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Modificar el primer párrafo del número 4, «Plazo de presentación» del apartado noveno «Solicitudes», de la Orden de 15 de junio de 1994, que queda redactado de la siguiente forma: «4. Plazo de presentación. El plazo de presentación de instancias, que será de quince días hábiles, comenzará a partir de la fecha que se señala en la Orden por la que el Ministerio de Educación y Ciencia publica la relación de los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria y la de los centros de Educación Primaria afectados».

Segundo.-Se incluye en el anexo I de la Orden de 15 de junio de 1994 la especialidad de «Filología: Lengua Catalana, Islas Baleares» que habilita para la impartición de «Lengua y Literatura Catalana (Islas Baleares)» en el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, y que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo y forma establecidos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 15 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilmos. Sres. Directores generales del Departamento y Directores provinciales de Educación y Ciencia.

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