En el recurso contencioso-administrativo número 75-93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sigma-Tau España, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1991 y 6 de agosto de 1992, se ha dictado, con fecha 16 de junio de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Sigma-Tau España, Sociedad Anónima", anulamos la denegación de registro de la marca "Tenacid", "Sigma Tau España, Sociedad Anónima", para distinguir productos de la clase 0,5, farmacéuticos-veterinarios, a que la solicitud se refiere, y declaramos procedente la estimación y consiguiente registro de la citada marca, todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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