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Documento BOE-A-1996-6055

Resolución de 1 de marzo de 1996, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de las plazas de Directores de los Centros Iberoamericanos de Formación de Cartagena de Indias (Colombia) y Antigua (Guatemala).

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 15 de marzo de 1996, páginas 10374 a 10375 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-6055

TEXTO ORIGINAL

I. Características de las plazas y funciones

Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, en base a lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, y de acuerdo con lo dispuesto en la circular de 12 de abril de 1993 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, las plazas de Directores de los Centros Iberoamericanos de Formación de Cartagena de Indias (Colombia) y Antigua (Guatemala), que serán cubiertas en régimen de contrato de alta dirección.

Los Directores de los centros, desempeñarán, en su destino, las siguientes funciones:

a) Dirección del personal del Centro de Formación y Gestión de los recursos económicos asignados al mismo.

b) Programación y ejecución de las actividades culturales a realizar por el centro.

c) Identificación de las áreas de formacion más relacionadas con el desarrollo de los países latinoamericanos.

d) Establecimiento de relaciones con las instituciones latinoamericanas que desarrollan actividades de formación superior.

II. Règimen de contratación

Los candidatos seleccionados para ocupar las plazas objeto de la presente convocatoria, suscribirán contrato de trabajo de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de 6 de mayo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 122, del 21).

Las retribuciones de las plazas serán las aprobadas para la categoría profesional de Coordinador General de Cooperación, mediante Resolución de 30 de marzo de 1995, de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a las plazas que se convocan deberan reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

IV. Méritos específicos

a) Conocimiento de la realidad económica, sociopolítica y cultural iberoamericana.

b) Experiencia en gestión de recursos humanos y económicos.

c) Experiencia en identificación, gestión, organización y coordinación de actividades de formación.

d) Experiencia de gestión en la Administración española y conocimiento de la legislación laboral.

e) Facilidad para las relaciones públicas.

f) Se valorará especialmente la experiencia previa en el área de cooperación en la formación y capacitación de recursos humanos de nivel superior, y la experiencia profesional en instituciones públicas de formación y particularmente la desarrollada en vinculación con Iberoamérica.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae, dirigido a la excelentísima señora Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Secretaría General, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plazas de Directores de los Centros Iberoamericanos de Formación de Cartagena de Indias (Colombia) y Antigua (Guatemala)», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Valoración de méritos

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada por el Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana o en quien delegue, que la presidirá; la Secretaria general de la AECI, o, en quien delegue, que actuará como Secretaria de la Comisión; un vocal miembro del citado Instituto y un vocal miembro del Gabinete Técnico de la Presidencia de la AECI.

La Comisión podrá citar, para la realización de entrevistas personales, a los candidatos que considere oportunos.

Terminados sus trabajos, la Comisión de valoración elevará una propuesta en forma de terna, a la Presidencia de la AECI que resolverá, disponiendo la contratación del candidato designado.

Madrid, 1 de marzo de 1996.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación Iberoamericana; del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo; Director del Gabinete Técnico de la Presidencia y Secretaría General de la AECI.

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