Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 30 de noviembre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.497/1993, promovido por don Rafael Sesma Aramburu, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales señora Barallat López, en nombre y representación de don Rafael Sesma Aramburu, contra la resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros, de fecha 27 de enero de 1992, confirmada en alzada por acuerdo de 7 de septiembre de 1992 del titular del Departamento ministerial, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por no ser conformes a derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 22 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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