La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla ha dictado una sentencia el 10 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 983/1994, interpuesto por doña Emilia Almonte Pinos, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 8 de febrero de 1994, que desestimó el recurso de reposición planteado por el interesado contra otra de 12 de noviembre de 1993 que denegó su solicitud de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenece.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que debemos desestimar y desestimamos el recurso formulado por doña Emilia Almonte Pinos contra la resolución que se dice en el encabezamiento de esta sentencia sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 5 de marzo de 1996.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid