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En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor García Baladía, en nombre y representación de don Miguel Cobo Alvarez, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 2 de noviembre de 1995, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Miguel Cobo Alvarez, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del Ministro de Justicia de 19 de septiembre de 1991, que desestimó la reclamación de indemnización a cargo del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia, por ser dicha desestimación, en los extremos examinados, conforme a Derecho.
Y todo ello sin hacer una expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.» En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 8 de marzo de 1996.-P. D., el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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