Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Dávila Santos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Madrid, en sentencia de fecha 17 de febrero de 1992, como autor de dos delitos de lesiones, a las penas de tres años de prisión menor y dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 7 de octubre de 1990, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de marzo de 1996,
Vengo en conmutar a don Juan Manuel Dávila Santos la pena de tres años de prisión menor impuesta, por otra de un año de prisión menor, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 22 de marzo de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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