En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo arriba referenciado interpuesto en el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, contra Real Decreto 931/1995, de 9 de junio, por el que se dictan normas en relación con la formación especializada en Medicina Familiar y Comunitaria de los Licenciados en Medicina a partir de 1 de enero de 1995 y se adoptan determinadas medidas complementarias.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 25 de marzo de 1996.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.
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