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De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta) en el recurso número 1.450/1993, interpuesto por don Francisco Cabañas Gómez, sobre inutilidad física en acto de servicio.
Madrid, 3 de abril de 1996.-El Secretario de Estado, Emilio Octavio de Toledo Ubieto.
Excmo. Sr. Director general de la Guardia Civil.
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