De conformidad con la propuesta elevada por esa Secretaría General relativa a la ratificación del reconocimiento previo como Agrupación de Productores de Animales Vivos de la Especie Porcina y Carne de Animales de la Especie Porcina, Fresca, Refrigerada o Congelada, según el Reglamento (CEE) 1.360/78 del Consejo, de 19 de junio, a la Sociedad Cooperativa Limitada «Videca» de Villanueva de los Caballeros (Valladolid), dispongo:
Artículo 1.
Se ratifica el reconocimiento previo como Agrupación de Productores de Animales Vivos de la Especie Porcina y Carne de Animales de la Especie Porcina, Fresca, Refrigerada o Congelada a la Sociedad Cooperativa Limitada «Videca» de Villanueva de los Caballeros (Valladolid), conforme al Reglamento (CEE) 1.360/78 del Consejo, de 19 de junio, por el que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Productores y sus Uniones en el sector agrario.
Artículo 2.
La Secretaría General de Producciones y Mercados Agrarios procederá a su inscripción en el Registro General de Agrupaciones de Productores y sus Uniones con el número 152.
Artículo 3.
La concesión de los beneficios en virtud de los artículos 10 y 11 del Reglamento (CEE) 1.360/78, se condiciona a las disponibilidades presupuestarias.
Madrid, 18 de abril de 1996.
ATIENZA SERNA
Ilmo. Sr. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios.
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