En el recurso contencioso-administrativo número 860/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Pierre Fabre, contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de enero de 1989, se ha dictado, con fecha 1 de julio de 1992, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Rodríguez Montaut en nombre y representación de la entidad Pierre Fabre, contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 16 de enero de 1989, que denegó la marca internacional de la titularidad recurrente número 506.008 "S-Coalgel", para la clase 5, debemos anular y anulamos dicha Resolución por no ajustada a Derecho y reconocemos el de la entidad actora a obtener la concesión de la citada marca de su titularidad. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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