De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1987, el Estado concede a las distintas entidades públicas, con representación en el Congreso de los Diputados, una cantidad anual, en concepto de subvención, que se distribuye entre aquéllas acorde a los resultados obtenidos en las últimas elecciones a la citada Cámara.
Esta financiación pública, que se abona en doce mensualidades, para gastos de mantenimiento ordinario, se concreta en el montante anual incluido en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente, que se consigna en el programa 463A, Elecciones y Partidos Políticos, con cargo al crédito 485.01, Financiación a Partidos Políticos.
Durante el cuarto trimestre de los pasados Presupuestos Generales del Estado para 1997, la mencionada subvención se ha llevado a efecto, abonándose las siguientes cantidades:
Pesetas
Partido Popular / 865.016.385
Partido Socialista Obrero Español / 734.105.699
Izquierda Unida / 181.123.193
Partido Socialista de Cataluña (PSC-PSOE) / 132.606.334
Convergencia i Unio / 103.321.988
Partido Aragonés-Partido Popular / 39.249.350
Partido Nacionalista Vasco / 29.616.506
Coalición Canaria / 21.741.166
Iniciativa per Catalunya-Els Verds / 22.187.611
Bloque Nacionalista Galego / 17.531.885
Unión del Pueblo Navarro-Partido Popular / 11.484.127
Esquerra Republicana de Catalunya / 11.945.267
Eusko Alkartasuna / 9.116.616
Unión Valenciana / 7.025.544
Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artícu lo 81.7 de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990 ("Boletín Oficial del Estado" número 311, de 28 de diciembre de 1990), con su inserción en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 5 de enero de 1998.-El Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
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