De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" de la adenda del Convenio marco de
colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de
las medidas estructurales de acompañamiento de la Política Agraria
Común, que figura como anexo a esta Resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 24 de julio de 1998.-El Director general, Antonio Rodríguez
de la Borbolla y Vázquez.
ANEXO
Adenda al Convenio marco de colaboración entre la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación para la puesta en marcha de las medidas estructurales
de acompañamiento de la Política Agraria Común
En Madrid,a7dejulio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Loyola de Palacio del
Valle-Lersundi, Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, nombrada
por el Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo, en virtud del Acuerdo de
Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la
competencia para la celebración de este Convenio de colaboración, atribuida
por el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en nombre de la Administración General del Estado.
De otra, el excelentísimo señor don Eduardo Sánchez-Almohalla
Serrano, Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua (Real
Decreto 14/1995, de 6 de julio), en nombre de la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, con autorización del Consejo de Gobierno de esta
Comunidad de fecha 11 de junio de 1998.
Se reconocen recíprocamente la capacidad legal para suscribir la
presente adenda, a cuyo fin
EXPONEN
Primero.-Que con fecha 1 de septiembre de 1997 se suscribe el
Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la
puesta en marcha de las medidas estructurales de acompañamiento de
la Política Agraria Común.
Segundo.-Que en la cláusula segunda del citado Convenio marco se
establece que las previsiones máximas de inversión correspondientes a
cada uno de los Programas afectados se fijarán anualmente en un protocolo
adicional.
De acuerdo con todo lo expuesto y con el fin de establecer las
previsiones máximas de inversión para el año 1998, ambas partes suscriben
la presente
ADENDA
Los importes correspondientes a las ayudas cofinanciadas por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia y el FEOGA-Garantía durante el año 1998, en millones
de pesetas, se consignan a continuación:
Comunidad AutónomaFEOGA Garantía Total general Medida MAPA
Ayudas agroambientales........ 47,30 47,30 283,90 378,50
Cese anticipado................... 1,25 1,25 7,50 10,00
Forestación tierras agrarias ... 77,00 77,00 462,00 616,00
Totales.......................125,55 125,55 753,40 1.004,50
Los importes indicados anteriormente pueden dedicarse al pago de
cualquiera de las medidas de acuerdo con las certificaciones del ejercicio.
Los importes transferidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y no pagados a los beneficiarios al finalizar el ejercicio se
incorporan como remanentes a los anticipos presupuestarios del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación para el ejercicio del año siguiente.
La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Loyola de Palacio
del Valle-Lersundi.-El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua,
Eduardo Sánchez-Almohalla Serrano.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid