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La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su
reunión del día 23 de julio de 1998, adoptó un Acuerdo, por el que se
declaran caducados 42 expedientes de beneficios de las Grandes Áreas
de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla La Vieja y León y Galicia,
concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las
condiciones establecidas para el disfrute de los mismos, a propuesta del
Ministerio de Economía y Hacienda.
Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, esta
Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:
Primero.-Dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" al texto
íntegro del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos de fecha 23 de julio de 1998, por el que se declaran caducados
42 expedientes de beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial
citadas, concedidos a determinadas empresas. Dicho texto, con relación
nominal de las empresas afectadas, se incluye como anexo a esta
Resolución.
Segundo.-En virtud de lo establecido en el apartado 6 de la base quinta
del Real Decreto 3361/1983, y en la Orden del Ministerio de Economía
y Hacienda, de 23 de julio de 1996, se dará traslado al Acuerdo antes
citado a los interesados y se comunicará, en su caso, a las correspondientes
Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y Hacienda y de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a efectos de reintegro
de las cantidades que procedan.
Madrid, 3 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado, José Folgado
Blanco.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN
Texto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos
El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, que amplía
la delimitación de la Gran Área de Expansión Industrial de Castilla-La
Mancha, convoca concurso para beneficios en la misma y modifica las
bases de convocatorias en Grandes Áreas de Galicia, Extremadura,
Andalucía y Castilla La Vieja y León, y de acuerdo con lo dispuesto en su
artículo 2. o , base 5. a , 6 para los casos de incumplimiento de las condiciones
establecidas para el disfrute de los beneficios de las Grandes Áreas de
Expansión Industrial, eleva a la Comisión Delegada del Gobierno para
Asuntos Económicos la siguiente propuesta de:
ACUERDO
Examinados los expedientes de concesión de los beneficios de las
Grandes Áreas de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla La Vieja y León
y Galicia, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo,
a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas
para el disfrute de dichos beneficios,
Resultando: Que los beneficios fueron otorgados por diversos Acuerdos
de Consejo de Ministros y notificados a las empresas por medio de
resoluciones individuales que establecen las condiciones específicas y plazos
para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados
beneficios, y que estas resoluciones individuales fueron aceptadas por las
respectivas empresas.
Resultando: Que las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo
no acreditaron en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones
legalmente establecidas y aceptadas, y por ello se instruyeron los oportunos
expedientes de caducidad de los beneficios, de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, antes citado.
Resultando: Que constan en los expedientes respectivos los pagos de
las cantidades señaladas como subvención percibida por cada una de las
empresas.
Resultando: Que en reunión del Consejo de Ministros del día 20 de
junio de 1997 se acordó delegar la competencia para la resolución de
los expedientes de incumplimiento de las Grandes Áreas de Expansión
Industrial y de los Polos de Desarrollo Industrial en la Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos. Esta delegación ha sido publicada
en el "Boletín Oficial del Estado" del día 18 de julio de 1997, mediante
Resolución de 11 de julio de 1997, de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos.
Vistos: El Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre; el Real
Decreto 847/1986, de 11 de abril, que asigna al Ministerio de Economía y
Hacienda determinadas funciones de desarrollo regional; el Real
Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio
de Economía y Hacienda; el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23
de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General
Presupuestaria; la disposición transitoria segunda de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de 26 de noviembre de 1992; la Ley de Procedimiento
Administrativo de 17 de julio de 1958, y demás disposiciones de aplicación, así
como el informe de la Dirección General competente.
Considerando: Que en la instrucción de los expedientes se han
observado todas las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas
afectadas los plazos preceptivos para los trámites de formulación de
alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en el artículo 2. o , base quinta, apartado 6 del Real
Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre.
Considerando: Que realizando una interpretación integradora del
ordenamiento jurídico, que se deriva del artículo 3. o del Código Civil, se aplica
a estos expedientes lo dispuesto en el artículo 37, apartados 3 y 4, del
Real Decreto 1535/1987, modificado por el Real Decreto 302/1993, de 26
de febrero.
Considerando: Que, en algún caso, pudieran haber prescrito los
derechos económicos del beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 46
de la Ley General Presupuestaria.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a
propuesta del Ministro de Economía y Hacienda,
RESUELVE
Declarar el incumplimiento de condiciones de los expedientes de
beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla
La Vieja y León y Galicia, otorgados a las empresas relacionadas en el
anexo de este Acuerdo, por no haber acreditado la totalidad de las
condiciones fijadas para su disfrute. En consecuencia, se modifica el importe
de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del
incumplimiento, quedando obligadas dichas empresas a reintegrar al Tesoro Público
las cantidades que han percibido indebidamente, junto con los intereses
correspondientes, así como a reintegrar, en su caso, el resto de los
beneficios concedidos que hayan disfrutado. En el caso de que resulten derechos
económicos a favor de las empresas, previamente al pago de cantidad
alguna por subvención deberá comprobarse que los mismos no han
prescrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General
Presupuestaria.
Anexo al Acuerdo sobre declaración de incumplimiento en expedientes de Grandes Áreas de Expansión Industrial. Relación de empresas afectadas
Alcance del incumplimiento
Número expte. Titular Acuerdo concesión Vencimiento plazo
Subvención concedida Pesetas
Incum plimiento conjunto
Condiciones incumplidas y porcentaje de incumplimiento
Cantidades percibidas Pesetas
Subvención procedente pesetas
A reintegrar al Tesoro Público (*) Pesetas
AL/635/AA "Mármoles Tapia, S. A.".30 6-198918 7-1994 24.886.420 Total. Inversión: 0,00 por 100.
Empleo: 64,29 por 100.
00 0
MA/5/AA "Cauchos Andalucía, S. A." (ANCUSA).16 6-19786 7-1983 21.322.000 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
MA/133/AA José Muñoz Alba. 14 5-198219 5-1987 975.000 Total. Inversión: 2,83 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
975.000 0 975.000
MA/434/AA "Tapioca, S. A.". 30-12-198729 1-1993 10.839.030 Total. Inversión: 19,19 por 100.
Empleo: 88,89 por 100.
00 0
SE/361/AA Íñigo Arteaga Falguera. 21-12-19836 1-1989 9.637.696 Total. Inversión: 0,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
9.637.696 0 9.637.696
SE/814/AA "Cochera Sierra Norte, S. A.".17 1-198717 2-1992 18.193.070 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 0,00 por 100.
00 0
SE/971/AA Julia Piñero Marrón. 8 5-198723 5-1992 3.149.860 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 0,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/91 Colegio "Liceo La Paz".7 5-19761 6-1981 39.349.400 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/374 Excmo. Ayuntamiento de A Coruña.25 8-1978 9-10-1983 0 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/566 "Fegal, S. A.". 6 7-197921 9-1984 8.331.600 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
Alcance del incumplimiento
Número expte. Titular Acuerdo concesión Vencimiento plazo
Subvención concedida Pesetas
Incum plimiento conjunto
Condiciones incumplidas y porcentaje de incumplimiento
Cantidades percibidas Pesetas
Subvención procedente pesetas
A reintegrar al Tesoro Público (*) Pesetas
AG/567 "Hermanos Losán, S. A.". 29-12-197925 1-1985 1.797.150 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/620 "Cerámica Muro, S. A.". 29 2-19801 4-1985 11.041.800 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/627 "Prefabricados de Hormigón Vibrado
de Sabón, S. A.".
317-1980 59-1985 6.195.000 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/638 José Antonio Blanco Ramos.31 7-19805 9-1985 0 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/665 "Mengar, S. L.". 31 7-19805 9-1985 2.522.030 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/700 "Cocigrano, S. A.". 31 7-19805 9-1985 6.163.650 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/706 "Talleres Hermanos Lorenzo, S. L.". 30-12-198018 2-1986 5.808.000 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/722 "Géneros de Punto Cirus, S. A.".31 7-19805 9-1985 10.932.600 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/723 Celestino Lata Carbia.31 7-19805 9-1985 3.349.260 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/724 Gerardo Nieto Álvarez Uría. 30-12-198011 2-1986 2.823.000 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/753 "Novoa Cisneros, S. A.". 30-12-19809 2-1986 1.440.700 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/759 "Cufica, S. A.". 30-12-198011 2-1986 7.528.100 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/766 Eugenio Bustelo Castro.31 7-19805 9-1985 3.833.250 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/768 "Vyrauto, S. L.". 24 7-198130 7-1986 0 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/769 "Trasumar, S. L.". 5 6-198130 6-1986 0 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/771 Manuel Riveiro Ferreiro. 30-12-198011 2-1987 8.600.700 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/775 "Muebles Hermida, S. A.".24 7-198130 7-1986 17.905.500 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/777 "Carrocera Castrosúa, S. A.". 30-12-198011 2-1986 5.019.490 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/778 Teresa Estévez Hermida. 30-12-198011 2-1986 866.600 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/786 Modesto y José Antonio Veiras
Vázquez.
247-1981 307-1986 11.822.300 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/958 "Maderas Moledo, S. L.".24 7-198130 7-1986 10.071.000 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/999 Enrique Domínguez Agulleiro.26 2-19825 5-1987 4.859.250 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/1690 "S. A. T. Visones del Eume".18 7-198420 8-1989 1.267.280 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/1944 "Agaiva, S. L.". 1 8-198613 9-1991 16.087.050 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/2115 Jesús Manuel Montero Blanco.2 4-198519 4-1990 1.823.220 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/2169 "Conservas de Galicia, S. A.".2 4-198519 4-1990 2.772.000 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/2171 "Calzados Eiras y Herrero, S. L.".2 4-198519 4-1990 1.664.250 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
AG/2534 José Antonio González Sousa.8 5-198723 5-1992 7.916.100 Total. Inversión: 3,36 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
LE/176/CL "Antracitas de la Vela, S. A.".23 1-19858 2-1990 33.094.352 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
LE/280/CL Jesús Gutiérrez Alonso. 30-12-198729 1-1993 8.160.000 Total. No acreditación de las
obligaciones fiscales y frente
a la Seguridad Social.
Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
00 0
Alcance del incumplimiento
Número expte. Titular Acuerdo concesión Vencimiento plazo
Subvención concedida Pesetas
Incum plimiento conjunto
Condiciones incumplidas y porcentaje de incumplimiento
Cantidades percibidas Pesetas
Subvención procedente pesetas
A reintegrar al Tesoro Público (*) Pesetas
SG/442/CL"Industrial Commodities Supply, S. A.". 26-6-198714 7-1992 28.957.000 Total. Inversión: 26,01 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
21.780.977 0 21.780.977
VA/125/CL "Pavimentos del Duero, Soc. Coop.
Ltda.".
15-10-1982 30-10-1987 8.014.600 Total. Inversión: 100,00 por 100.
Empleo: 100,00 por 100.
8.014.600 0 8.014.600
(*) Junto con los intereses correspondientes. Asimismo, deberán reintegrar, en su caso, el resto de los beneficios que hayan disfrutado.
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