La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998
autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir
Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999, señalando los
instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos
y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que
su emisión ha de ajustarse que, con ligeras modificaciones, son una
prórroga de las vigentes en 1997, manteniéndose la posibilidad de poner en
oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
En virtud de la citada autorización, la Resolución de esta Dirección
General de 26 de enero de 1998 reguló el desarrollo y resolución de las
subastas de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas, incluidas las
segundas vueltas, e hizo público el calendario de subastas ordinarias para
1998, posteriormente modificado por las Resoluciones de 14 de mayo,
31 de julio y 20 de octubre de 1998. Para el cumplimiento de dicho
calendario es necesario fijar las características de las emisiones de Bonos y
Obligaciones del Estado en pesetas previstas para el próximo mes de
diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas.
Asimismo, la Resolución de esta Dirección General de 1 de junio de 1998
reguló la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros durante 1998
y estableció que su emisión se efectuaría mediante subastas de periodicidad
mensual, procediendo, a tal efecto, disponer la emisión de estas
Obligaciones para el próximo mes de diciembre y convocar la correspondiente
subasta.
En las subastas que se convocan, se considera conveniente iniciar una
nueva emisión de Obligaciones del Estado a quince años, que tendrán
la calificación de Bonos segregables de acuerdo con lo previsto en la Orden
de 19 de junio de 1997. En las demás referencias que se vienen poniendo
en oferta se emiten nuevos tramos, a fin de completar el volumen que
requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en
los mercados secundarios, y las Obligaciones en ecus-euros que se emitan
se consolidarán durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central
de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta, con las
Obligaciones a diez años en pesetas de la referencia que se pone en oferta,
según se prevé en la Resolución de 1 de junio de 1998.
Por último, la Orden de 14 de octubre de 1998 ha eliminado los valores
nominales unitarios de la Deuda del Estado anotada y ha regulado
determinados aspectos de las operaciones de suscripción y compraventa de
los Bonos y Obligaciones del Estado afectados por esta medida, mediante
la que se convierten las tenencias constituidas por valores del mismo código
valor en tenencias de saldos nominales.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden
de 26 de enero de 1998, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión de Bonos del Estado en pesetas a tres y cinco
años y de Obligaciones del Estado en pesetas a diez y quince años en
el mes de diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas,
que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en las Órdenes de
26 de enero y 14 de octubre de 1998, en la Resolución de 26 de enero
de 1998 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en
la presente Resolución.
1.1 Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas
que se emiten:
a) Emisión de Obligaciones del Estado a quince años.-Las
Obligaciones que se emitan como resultado de la subasta que se convoca
devengarán un tipo nominal de interés, pagadero por anualidades vencidas,
del 4,75 por 100 y se amortizarán a la par el día 30 de julio de 2014.
Los cupones anuales vencerán el 30 de julio de cada año, siendo el primero
a pagar el 30 de julio de 2000.
b) Emisiones de Bonos del Estado a tres y cinco años y Obligaciones
del Estado a diez años.-El tipo de interés nominal anual y las fechas
de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que
establecieron la Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 1998
para las emisiones de Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100,
vencimiento el 30 de julio de 2002, y de Bonos del Estado a cinco años al
4,50 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2004, y la Resolución de 10
de junio de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años
al 5,15 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2009. El primer cupón a
pagar en los valores que se emitan será, por su importe completo, el de
30 de julio de 2000.
1.2 Según se prevé en el número cuarto de la Orden de 14 de octubre
de 1998, el importe nominal mínimo en que habrán de formularse las
ofertas competitivas será de 500.000 pesetas y el de las ofertas no
competitivas de 10.000 pesetas. En ambos casos, las peticiones por importes
superiores se harán en múltiplos de 10.000 pesetas.
1.3 Los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas que se emitan
se pondrán en circulación los días4y7dediciembre de 1998, fechas
de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas
en la Central de Anotaciones, y los Bonos a tres y cinco años y las
Obligaciones a diez años se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas
en el apartado 1.1.b) de esta Resolución, teniendo la consideración de
ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión
a partir de su puesta en circulación.
1.4 Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en
las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la
Resolución de 26 de enero de 1998 de esta Dirección General, con
posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de
suscripción pública de la Deuda que se emite.
2. Se dispone la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros
a diez años y se convoca la correspondiente subasta, que habrá de
celebrarse el 15 de diciembre de 1998, con arreglo al procedimiento previsto
en la Resolución de 1 de junio de 1998 de esta Dirección General y en
la presente Resolución.
2.1 Características de los valores que se emiten: Las Obligaciones
tendrán como fecha de emisión el 22 de diciembre de 1998, se amortizarán
por su valor nominal el 30 de julio de 2009, el tipo de interés nominal
será del 5,15 por 100 anual y los cupones se pagarán por anualidades
vencidas. El primer cupón comienza a devengarse el 30 de julio de 1999
y será pagadero el 30 de julio de 2000.
2.2 Las Obligaciones del Estado en ecus-euros se consolidarán con
las Obligaciones del Estado a diez años emitidas en pesetas, con idéntica
fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal, de la emisión
que se reseña en el apartado 1.1.b) de esta Resolución. La consolidación
tendrá lugar durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central
de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta y, a partir
de ese momento, las Obligaciones del Estado en ecus-euros se identificarán
por el mismo código valor asignado originariamente por la Central de
Anotaciones a las Obligaciones del Estado en pesetas con las que se
consolidan. La fecha exacta en que se producirá la consolidación se anunciará
mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera.
3. Los Bonos y Obligaciones cuya emisión se dispone por la presente
Resolución tienen la calificación de Bonos segregables y, en consecuencia,
el tratamiento fiscal de las Obligaciones del Estado en ecus-euros será
el establecido con carácter general para la Deuda segregable. No obstante,
las operaciones de segregación y reconstitución de las emisiones que se
ponen en oferta sólo se podrán realizar a partir del momento en que
la Dirección General del Tesoro y Política Financiera lo autorice mediante
la correspondiente Resolución.
4. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo
a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de
equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del
Estado en pesetas cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con
lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998.
Madrid, 17 de noviembre de 1998.-El Director general, Jaime Caruana
Lacorte.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del
Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento el 30 de junio de 2002
Subasta mes de diciembre
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
99,10 3,717 99,41 3,625
99,11 3,714 99,42 3,623
99,12 3,711 99,43 3,620
99,13 3,708 99,44 3,617
99,14 3,705 99,45 3,614
99,15 3,702 99,46 3,611
99,16 3,699 99,47 3,608
99,17 3,696 99,48 3,605
99,18 3,693 99,49 3,602
99,19 3,690 99,50 3,599
99,20 3,688 99,51 3,596
99,21 3,685 99,52 3,593
99,22 3,682 99,53 3,590
99,23 3,679 99,54 3,587
99,24 3,676 99,55 3,584
99,25 3,673 99,56 3,581
99,26 3,670 99,57 3,578
99,27 3,667 99,58 3,575
99,28 3,664 99,59 3,572
99,29 3,661 99,60 3,569
99,30 3,658 99,61 3,567
99,31 3,655 99,62 3,564
99,32 3,652 99,63 3,561
99,33 3,649 99,64 3,558
99,34 3,646 99,65 3,555
99,35 3,643 99,66 3,552
99,36 3,640 99,67 3,549
99,37 3,637 99,68 3,546
99,38 3,634 99,69 3,543
99,39 3,631 99,70 3,540
99,40 3,628
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del
Estado a cinco años, al 4,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2004
Subasta mes de diciembre
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
99,80 3,975 100,11 3,914
99,81 3,973 100,12 3,912
99,82 3,971 100,13 3,910
99,83 3,970 100,14 3,908
99,84 3,968 100,15 3,906
99,85 3,966 100,16 3,904
99,86 3,964 100,17 3,902
99,87 3,962 100,18 3,900
99,88 3,960 100,19 3,898
99,89 3,958 100,20 3,896
99,90 3,956 100,21 3,894
99,91 3,954 100,22 3,892
99,92 3,952 100,23 3,890
99,93 3,950 100,24 3,888
99,94 3,948 100,25 3,886
99,95 3,946 100,26 3,884
99,96 3,944 100,27 3,882
99,97 3,942 100,28 3,880
99,98 3,940 100,29 3,878
99,99 3,938 100,30 3,876
100,00 3,936 100,31 3,874
100,01 3,934 100,32 3,872
100,02 3,932 100,33 3,870
100,03 3,930 100,34 3,868
100,04 3,928 100,35 3,866
100,05 3,926 100,36 3,864
100,06 3,924 100,37 3,862
100,07 3,922 100,38 3,861
100,08 3,920 100,39 3,859
100,09 3,918 100,40 3,857
100,10 3,916
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones
del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento 30 de julio de 2009
Subasta mes de diciembre
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
100,75 4,667 102,05 4,514
100,80 4,661 102,10 4,508
100,85 4,655 102,15 4,502
100,90 4,649 102,20 4,496
100,95 4,643 102,25 4,490
101,00 4,637 102,30 4,485
101,05 4,631 102,35 4,479
101,10 4,625 102,40 4,473
101,15 4,620 102,45 4,467
101,20 4,614 102,50 4,461
101,25 4,608 102,55 4,456
101,30 4,602 102,60 4,450
101,35 4,596 102,65 4,444
101,40 4,590 102,70 4,438
101,45 4,584 102,75 4,432
101,50 4,578 102,80 4,427
101,55 4,572 102,85 4,421
101,60 4,567 102,90 4,415
101,65 4,561 102,95 4,409
101,70 4,555 103,00 4,403
101,75 4,549 103,05 4,398
101,80 4,543 103,10 4,392
101,85 4,537 103,15 4,386
101,90 4,531 103,20 4,380
101,95 4,526 103,25 4,375
102,00 4,520
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones
del Estado a quince años, al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio
de 2014
Subasta mes de diciembre
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
94,50 4,990 95,80 4,867
94,55 4,985 95,85 4,862
94,60 4,980 95,90 4,857
94,65 4,975 95,95 4,853
94,70 4,971 96,00 4,848
94,75 4,966 96,05 4,843
94,80 4,961 96,10 4,839
94,85 4,956 96,15 4,834
94,90 4,952 96,20 4,829
94,95 4,947 96,25 4,825
95,00 4,942 96,30 4,820
95,05 4,937 96,35 4,815
95,10 4,933 96,40 4,811
95,15 4,928 96,45 4,806
95,20 4,923 96,50 4,801
95,25 4,919 96,55 4,797
95,30 4,914 96,60 4,792
95,35 4,909 96,65 4,788
95,40 4,904 96,70 4,783
95,45 4,900 96,75 4,778
95,50 4,895 96,80 4,774
95,55 4,890 96,85 4,769
95,60 4,886 96,90 4,764
95,65 4,881 96,95 4,760
95,70 4,876 97,00 4,755
95,75 4,872
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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