Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera)
de la Audiencia Nacional el recurso número 3/404/1996, interpuesto por
don Jesús Manuel Rodríguez Rivas, contra Resolución de la entonces
Dirección General de Administración Penitenciaria, de 12 de enero de 1996,
por la que se impuso al recurrente la sanción de tres días de suspensión
de funciones como autor disciplinariamente responsable de una falta grave,
la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la
Audiencia Nacional ha dictado sentencia, de 30 de junio de 1998, cuya
parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso
número 3-404-1996, interpuesto por la representación de don Jesús Manuel
Rodríguez Rivas, contra las Resoluciones del Ministerio de Justicia e
Interior descritas en el primer fundamento de Derecho, que se confirman
por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios
términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de octubre de 1998.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid