En el recurso contencioso-administrativo número 20/1996, interpuesto
por doña María del Mar Espinosa Carretero y don Pedro Cartagena Abellá,
contra la resolución de la Secretaría de Estado de Industria, de 2 de junio
de 1995, por la que se resolvió el concurso para la provisión de puestos
de trabajo en la Secretaría de Estado de Industria, Oficina Española de
Patentes y Marcas, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha
18 de mayo de 1998, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo
número 20/1996, formulado en nombre propio por doña María del Mar
Espinosa Carretero y don Pedro Cartagena Abellá, contra la Administración
General del Estado (Secretaría del Estado de Industria), representada por
el Abogado del Estado, siendo codemandados doña Marta Hernández
Cuéllar, doña Teresa Ramos Gorostiza, don Alfonso Maquedano Herrero, doña
María Carmen Cavada Ipiña, don Gabriel González Limas, doña Marta
Ojanguren Fernández, don José Luis Vizán Arroyo, doña Ana Polo Díez,
doña Ana Collados Martín Posadillo, doña Sonia González Peñalva, doña
Hortensia Aylagas Cancio, doña Esperanza Carasatorre Rieda, doña Beatriz
Rotaeche Ozores, doña Paloma Cabezudo Ramírez, doña María Ángeles
Benzo Perea, don Juan del Carré Tamés, don Manuel Cornejo Muñoz, doña
Natividad Vera Gutiérrez, doña María José Soto Araneta y don Francisco
Javier Pérez Ilzarbe, en impugnación de la resolución de la Secretaría
de Estado de Industria de fecha 2 de junio de 1995, de decisión del concurso
para la provisión de puestos de trabajo en la Secretaría de Estado de
Industria, Oficina Española de Patentes y Marcas, convocado por otra
de 31 de enero de 1995, y declaramos conformes a derecho los actos
recurridos; todo ello con el fundamento que se contiene en la presente sentencia,
que se notificará haciendo la expresa indicación de que contra la misma
no cabe recurso alguno conforme a los artículos 93.2 a) y b) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y testimonio de
la cual será remitido en su momento a la oficina de origen a los efectos
legales junto con el expediente, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en
los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien
disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se
publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996,
"Boletín Oficial del Estado" del 23), el Subsecretario, Carlos González-Bueno
Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid