En el recurso contencioso-administrativo número 767/1992, interpuesto
por la representación de "Rasillo, Sociedad Anónima", contra las
Resoluciones de 26 de noviembre de 1990y6defebrero de 1991, confirmadas
en alzada por Resolución de 6 de abril de 1992, sobre inscripción de
estaciones de servicio, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con fecha 30 de septiembre de 1996, sentencia cuya parte
dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Álvarez del Valle
García, en nombre y representación de ªRasillo, Sociedad Anónimaº, contra
las Resoluciones de fecha 6 de febrero de 1991 y 26 de noviembre de
1990, de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria
y Energía, dictadas en los expedientes números 11.285 y 10.801,
respectivamente, confirmadas en alzada por Resolución del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, de fecha 6 de abril de 1992, debemos declarar
y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico.
Sin costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos
y firmamos."
La anterior sentencia es firme al haberse declarado la inadmisión del
recurso de casación interpuesto contra la misma por Auto del Tribunal
Supremo de 10 de septiembre de 1997.
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en
los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, y demás precepto concordantes de la vigente
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien
disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se
publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996,
"Boletín Oficial del Estado" del 23), el Subsecretario, Carlos González-Bueno
Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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