Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura (Cáceres), con fecha 10 de septiembre de 1998, sentencia firme en
el recurso contencioso-administrativo número 553/1995, promovido por
don Eustaquio Caballero Albujar, sobre abandono definitivo de la
producción lechera; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador señor Crespo Candela, en nombre y
representación de don Eustaquio Caballero Albujar, contra la Resolución referida
en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma
es ajustada a Derecho, sin hacer pronunciamiento expreso respecto a las
costas procesales causadas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 3 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998),
el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Presidente del Fondo
Español de Garantía Agraria (F.E.G.A.).
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