Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/377/1996, interpuesto por doña África Audije García, representada por el Letrado don José Luis Martínez Vela, sobre sanción disciplinaria por la que se impuso a la recurrente la sanción de cuatro días de suspensión de funciones como autora de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 16 de diciembre de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 377/1996, interpuesto por doña África Audije García, representada por el Letrado don José Luis Martínez Vela, contra la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior (Secretaría General de Asuntos Penitenciarios por delegación ministerial) de 28 de mayo de 1993, confirmada por otra de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios de 5 de mayo de 1994, descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirma en lo que afecta a este recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de marzo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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