Por Orden de 2 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
del 13, corrección de erratas en el "Boletín Oficial del Estado"
del 19), se convocó concurso de méritos, referencia M1/98, para
la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto Nacional
de Meteorología, y de acuerdo con lo previsto en la base undécima
de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de
resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos
requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la
convocatoria mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado
Reglamento General, de 10 de marzo de 1995, sobre plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de
méritos alegados según baremo establecido y previa propuesta
elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración a la
que hace referencia la base novena de la citada Orden de 2 de
junio de 1998, este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de
la Comisión de Valoración de Méritos, adjudicando los puestos
de trabajo que se relacionan en los anexosI y I resultas a los
funcionarios que, asimismo, se especifican.
Segundo.-Dejar en suspenso la adjudicación del puesto
número de orden de convocatoria 42: Programador de primera, N. 17,
del Centro Meteorológico Territorial de Andalucía Occidental, en
Sevilla, por encontrarse actualmente en trámite la ejecución de
la sentencia dictada el 20 de julio de 1998 por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) de la Audiencia
Nacional en el recurso 486/1996, interpuesto por don Juan de
Dios Ayuso Guixot contra la Orden del suprimido Ministerio de
Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de 14 de febrero
de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 23), por la que se resolvió
el concurso de méritos convocado por la de 23 de octubre de
1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 13 de noviembre).
Tercero.-Declarar desierto el puesto R10 del anexo I resultas.
Cuarto.-Declarar los puestos del anexo I resultas que no son
adjudicados por no haberse producido las correspondientes
resultas.
Quinto.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes
si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente Orden.
Sexto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo,
el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la
publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No
obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde
la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado
de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,
a la reserva del nuevo destino sin que para ello sea preciso
formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo
al servicio activo.
Séptimo.-El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que
convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades
Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,
salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado
Reglamento General.
Octavo.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de
indemnización.
Noveno.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66
y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación
a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 10 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 25 de
septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el
Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Subdirección General de Recursos Humanos.
Anexo (ver imágenes páginas 1937 a 1942).
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