En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María Moreno Pascual, en nombre y representación de la entidad mercantil «Grupo Aresa, Sociedad Anónima», contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 10 de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Primero. Desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por el Letrado don José María Moreno Pascual, en nombre y representación de la entidad mercantil “Grupo Aresa, Sociedad Anónima”, contra la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior, de 31 de julio de 1995, sobre reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia, por ser el acto recurrido ajustado a Derecho.
Segundo. No procede hacer expresa declaración en materia de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 26 de noviembre de 1998.–P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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