El Reglamento (CEE) 2082/1992, de 14 de julio, relativo a la certificación de características específicas de los productos agrícolas y alimenticios, establece un sistema para obtener la certificación comunitaria de características específicas para los productos agrícolas que figuran en el anejo II del Tratado de Roma, destinados a la alimentación humana, y para determinados productos alimenticios contemplados en el anejo del propio Reglamento.
La Orden de 6 de octubre de 1993, sobre el procedimiento para las solicitudes de registro de certificaciones de características específicas de productos agrícolas y alimenticios, establecen el párrafo cuarto del artículo único el mandato de dar publicidad a la solicitud de registro de un producto específico, una vez que la Comisión de las Comunidades Europeas la hubiera publicado en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas».
Por cuanto antecede, esta Secretaría General comunica que, con fecha 1 de diciembre de 1998 se ha publicado en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», serie C, página 3, la solicitud de registro del «Jamón serrano».
Cualquier persona física o jurídica que tenga un interés legítimo podrá oponerse al registro solicitado, dentro de los cinco meses siguientes a la fecha de publicación en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas». presentando una declaración debidamente fundamentada ante la autoridad competente de las relacionadas en la Orden de 6 de octubre de 1993.
Madrid, 15 de diciembre de 1998.–El Secretario general, Carlos Díaz Eimil.
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