Vista la comunicación del día 6 de abril de 1999, por la que
el Síndico-Presidente del Colegio Oficial de Corredores de
Comercio de Alicante participa que el día 6 de abril de 1999 ha fallecido
el Corredor de Comercio Colegiado don José Ángel Jimeno
Martínez.
Considerando, que según lo establecido en el número 2 del
artículo 76 del vigente Reglamento, el derecho al ejercicio de la
profesión de Corredor de Comercio Colegiado caduca por
fallecimiento del Corredor, hecho que, conforme a lo establecido en
el artículo 78 de dicho Reglamento, será puesto en conocimiento
del Ministerio de Economía y Hacienda por la respectiva Junta
Sindical a fin de que se declare la caducidad del nombramiento.
Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el aludido artículo
78 del mencionado Reglamento y en los 98 y 946 del Código
de Comercio, al declararse la caducidad del nombramiento se
considera abierto, al propio tiempo, el plazo para presentar las
reclamaciones procedentes contra la fianza del Corredor.
Este Ministerio acuerda:
1. Que se declare caducado el nombramiento de Corredor
de Comercio de la plaza de Alicante, adscrita al Colegio de
Alicante, hecho en su día a favor de don José Ángel Jimeno Martínez.
2. Que se considere abierto el plazo de seis meses para
presentar las reclamaciones que, en su caso, procedan contra la fianza
constituida por el citado Corredor, por cuantos se crean con
derecho a oponerse a la devolución de la misma; y
3. Que se comunique así a la Junta Sindical del Colegio Oficial
de Corredores de Comercio de Alicante para que tramite la
publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial" de la provincia y la
anuncie en el tablón de edictos de la Corporación.
Madrid, 3 de mayo de 1999.-P. D. (Orden de 29 de diciembre
de 1986, "Boletín Oficial del Estado" del 31), el Secretario de
Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Dirección General del Tesoro y Política Financiera. (A la atención
del Subdirector general de Legislación y Política Financiera.)
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