De conformidad con lo establecido en las bases 5,7 y 17de
la Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
del 14 de diciembre), por la que se convocan procedimientos
selectivos para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Maestros
de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la
adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los
mencionados Cuerpos,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Hacer pública la composición de los Tribunales a
que se alude en los apartados 5.2 y 17 de la citada Orden de
convocatoria y que figuran relacionados por Cuerpos,
Comunidades y especialidades en el anexoIalapresente Orden.
Segundo.-Hacer públicas las instrucciones a seguir en la
composición de las Comisiones de selección a las que se alude en
el apartado 5.3 de la citada Orden de convocatoria y que son
las que se recogen en el anexo II a la presente Orden.
Tercero.-De acuerdo con lo establecido en el apartado 6.1
de la Orden de convocatoria estas pruebas no comenzarán antes
del día 1 de julio de 1999.
Cuarto.-Los miembros de los Tribunales tendrán derecho al
percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan
que desplazarse de su residencia oficial, quedando autorizados
a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se
refiere el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial
del Estado" del 19). A los efectos previstos en el artículo 10 del
citado Real Decreto, estos Tribunales deberán considerarse
incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su anexo I.
Quinto.-Aquellos miembros de los Tribunales cuya
composición se recoge en la presente Orden, que se hallen incursos en
alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento debiendo comunicar por escrito, en el plazo de diez
días, la causa de su abstención. Asimismo lo aspirantes de estos
procedimientos podrán recusar a dichos miembros por alguna de
estas causas, según lo previsto en el artículo 29 de la misma
Ley.
Sexto.-De conformidad con lo previsto en el apartado 7.2.3
de la citada Orden de convocatoria, hacer pública la composición
según se recoge en el anexo III a la presente Orden, del Tribunal
que ha de valorar la prueba de acreditación del conocimiento del
castellano.
Séptimo.-Por Resolución de la Dirección general de Personal
y Servicios de 17 de mayo, que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", se anuncia el lugar, fecha y hora de celebración de
las pruebas a que se refiere el apartado anterior.
Octavo.-A los miembros del Tribunal que han de valorar la
prueba de acreditación del conocimiento del castellano, les será
de aplicación lo establecido en el Real Decreto 236/1998, de
4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19). A los efectos
previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, este Tribunal
debe considerarse incluido en el grupo segundo de los
mencionados en su anexo I.
Noveno.-Contra la presente Orden, los interesados podrán
interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y
artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de
13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección
General de Personal y Servicios, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 18 de mayo de 1999.-P. D. (Orden de 1 de marzo
de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director general
de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.
ANEXOS (Ver imágenes páginas 20900 a 20902).
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