Visto el expediente de indulto de don Antonio Manuel Gutiérrez Siguiri, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia de fecha 10 de julio de 1996, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas, de fecha 23 de diciembre de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 1999,
Vengo en indultar a don Antonio Manuel Gutiérrez Siguiri la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 4 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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