Observados errores en la Orden de 18 de mayo de 1999, publicada
en el "Boletín Oficial del Estado" de 3 de junio,
Este Ministerio ha acordado su rectificación conforme se especifica
a continuación:
Página 21127, párrafo primero del texto de la Orden:
Donde dice: "... aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de
diciembre, y en la Orden de 17 de febrero de 1998 (ªBoletín Oficial del Estadoº
del 18) ...", debe decir: "... aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18
de diciembre, y en la Orden de 30 de diciembre de 1998 (ªBoletín Oficial
del Estadoº de 8 de enero de 1999), ...".
Igualmente, debe rectificarse lo especificado en los anexos que se
adjuntan.
Madrid, 29 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,
"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación
y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmos. Sres. Subsecretaria y Director general de Centros Educativos.
ANEXO I
Página 21165.
Educación Primaria Educación Secundaria Obligatoria
Apoyos Unidades Apoyos
Unidades de Bachillerato Número de código Denominación. Domicilio. Municipio. Localidad
Unidades Educación Infantil Unidades
Integr. (Mot.) Min. Etn. 1. o c2. o c Integr. (Mot.) Min. Etn. BUP/COU LOGSE
Observaciones
Donde dice:
"28020028 Santa Bárbara.
Plaza de la Paja, 4.
Madrid.
Madrid.
0 0 0(0) 0 4 4 0(0) 0 0 0 (19)"
Debe decir:
"28020028 Santa Bárbara.
Plaza de la Paja, 4.
Madrid.
Madrid.
0 6 0(0) 0 4 4 0(0) 0 0 4 (19)"
Página 21195.
Donde dice: "(22) El número de alumnos escolarizados en el centro, con necesidades educativas especiales y las características de los mismos
justifica concierto para el/los apoyos a la integración que se recogen en la Orden, para atender tanto a los alumnos de Primaria como a los Educación
Secundaria Obligatoria.", debe decir: "(22) El número de alumnos escolarizados en el centro, con necesidades educativas especiales y las características
de los mismos justifica concierto para el/los apoyos a la integración que se recogen en la Orden, para atender tanto a los alumnos de Primaria como
a los de Educación Secundaria Obligatoria.".
Página 21196:
Donde dice: "(37) El número de alumnos escolarizados en el centro, pertenecientes a minorías étnicas y culturales, necesitados de un tratamiento
educativo específico, justifica concierto para el/los apoyos que se recogen en la Orden, para atender tanto a los alumnos de Primaria como a los Educación
Secundaria Obligatoria.", debe decir: "(37) El número de alumnos escolarizados en el centro, pertenecientes a minorías étnicas y culturales, necesitados
de un tratamiento educativo específico, justifica concierto para el/los apoyos que se recogen en la Orden, para atender tanto a los alumnos de Primaria
como a los de Educación Secundaria Obligatoria."
ANEXO II
(Relación A)
Página 21206.
Programas de garantía social UU. SOL. A conc. Número de código Denominación. Domicilio. Municipio. Localidad
IND/AG Serv.
Ciclos formativos de grado medio Tipo
1. o 2. o 1. o 2. o
Observaciones
Donde dice:
"30009502 Ntra. Sra. de las Lágrimas, Centro Social. 1 0 Comercio. DF 1010(1)(2) (3)"
Antonio Machado, sin número. Cuidados Auxiliares de Enfermería. DF 1010
Murcia. Electromecánica de Vehículos. DF 1010
Cabezo de Torres. Gestión Administrativa. DF 1010
Debe decir:
"30009502 Ntra. Sra. de las Lágrimas. 1 0 Comercio. DF 1010(1)(2) (3)"
Carmen, 54. Cuidados Auxiliares de Enfermería. DF 1010
Murcia. Electromecánica de Vehículos. DF 1010
Cabezo de Torres. Gestión Administrativa. DF 1010
Página 21211:
Donde dice: "(7) Según lo establecido en la Orden de 30 de diciembre de 1998 (ªBoletín Oficial del Estadoº de 8 de enero de 1996), no procede
la ampliación...", debe decir: "(7) Según lo establecido en la Orden de 30 de diciembre de 1998 (ªBoletín Oficial del Estadoº de 8 de enero de 1999),
no procede la ampliación...".
ANEXO III
(Relación B)
Página 21236.
Donde dice: "(7) Al no tener autorizadas las enseñanzas de Formación Profesional Especial en la modalidad de Aprendizaje de Tareas no reúne
los requisitos establecidos en la Orden de 30 de diciembre de 1998, para transforma estas enseñanzas en programas de formación para la transición
a la vida adulta.", debe decir: "(7) Al no tener autorizadas las enseñanzas de Formación Profesional Especial en la modalidad de Aprendizaje de Tareas
no reúne los requisitos establecidos en la Orden de 30 de diciembre de 1998, para transformar estas enseñanzas en programas de formación para
la transición a la vida adulta.".
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid