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Documento BOE-A-1999-17120

Resolución de 1 de julio de 1999, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se renueva homologación de cursos de especialidad Marítima al centro deformación marítima de Bamio (Instituto Social de la Marina).

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 1999, páginas 29393 a 29393 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-17120

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por don Juan M. Viña López, Director del centro de formación marítima de Bamio en solicitud de renovación de la homologación de cursos de especialidad Marítima y el informe favorable del Servicio de Formación Marítima, y de conformidad con lo dispuesto en las Órdenes de 16 de octubre de 1990 y de 14 de diciembre de 1993,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Renovar la homologación al centro de formación solicitante para impartir cursos de capacitación de Operadores de Muelle o Terminal que manipulen mercancías peligrosas en los puertos.

Segundo.

Quince días antes de la celebración de cada curso remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima relación nominal del profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos, así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los Servicios de esta Dirección General.

Tercero.

En el plazo de quince días de la finalización del curso, el centro de formación, remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima las actas del curso y las pruebas realizadas.

Cuarto.

Al personal de la marina mercante que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas emitidas por el centro de formación o certificación de dicho centro, en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Quinto.

Esta homologación tendrá una duración de dos años desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación, sobre los cursos realizados en base a esta homologación.

Sexto.

Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección General de Inspección Marítima efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Lo que comunico a V. I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de julio de 1999.–El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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