Vista la petición interesada por la entidad N.B.C. Elettrónica, s.r.l., [vía Bersaglio, 20, 22015 Gravedona, Como (Italia)], representada en España por la entidad «Ariservis, Sociedad Anónima», polígono industrial Can Baliarda, 08100 Sant Fost de Campcentelles (Barcelona), en solicitud de aprobación de modelo de una cédula de carga, modelo KGN, fabricada por N.B.C. Elettrónica, s.r.l., y comercializada por «Ariservis, Sociedad Anónima».
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, con referencia 99007641,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988 por la que se aprueba la Norma Metrológica de Cédula de Carga, ha resuelto:
Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad N.B.C. Elettrónica, s.r.l., de una cédula de carga, modelo KGN.
El signo de aprobación de modelo será:
La cédula de carga a que se refiere esta Resolución llevará las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:
Clase de precisión: | C | ||
Símbolo de clasificación: | C14 | C24 | C34 |
Número máximo de escalones nmax: | 1000 | 2000 | 3000 |
Escalón de verificación mínimo vmin: | Ln/4000 | Ln/8000 | Ln/12000 |
Dirección de carga: | Flexión | ||
Carga nominal, Ln: | 500, 1000, 1500, 2000 y 2500 kg. | ||
Carga mínima, Lmin: | 0 kg. | ||
Límites de temperatura, BT: | − 10 °C a 40 °C |
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo número 99-02.15.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta aprobación de modelo, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 20 de julio de 1999.‒El Director general.‒P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996 «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
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