Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Marco Antonio Surribas Planas,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña, en sentencia
de fecha 25 de octubre de 1996, como autor de una falta de hurto, a
la pena de cinco días de arresto menor y un delito de robo con fuerza,
a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 27 de agosto de 1999,
Vengo en indultar a don Marco Antonio Surribas Planas las penas
privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que
no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total
rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 27 de agosto de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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