En cumplimiento del artículo 15 del Real Decreto 1080/1992, de 11
de septiembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir por los
órganos de Defensa de la Competencia en concentraciones económicas,
y la forma y contenido de su notificación voluntaria, se dispone la
publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de julio de 1999, por
el que se decide declarar concluso el procedimiento, por pérdida
sobrevenida de su objeto, ante el desistimiento por parte de la entidad "The
Coca-Cola Company", de la operación proyectada de concentración
económica consistente en la adquisición de la práctica totalidad de marcas
de bebidas y los activos materiales e inmateriales asociados a las mismas
de "Cadbury Schweppes, PLC", en España, que a continuación se relaciona.
Vista la notificación realizada voluntariamente al Servicio de Defensa
de la Competencia por la sociedad estadounidense "The Coca-Cola
Company", relativa al proyecto de operación de concentración económica
consistente en la futura adquisición por ella, ya sea directamente o a través
de una o varias sociedades filiales, de la práctica totalidad de marcas
de bebidas y los activos materiales e inmateriales asociados a las mismas
de la británica "Cadbury Schweppes, PLC.", notificación que ha sido
realizada, según lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 16/1989, de 17
de julio, de Defensa de la Competencia, modificada por el Real Decreto-ley
7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de
fomento y liberalización de la actividad económica, artículo desarrollado,
a su vez, por el Real Decreto 1080/1992, de 11 de septiembre, por el que
se aprueba el procedimiento a seguir por los órganos de Defensa de la
Competencia en concentraciones económicas y la forma y contenido de
su notificación voluntaria;
Resultando que por la Dirección General de Política Económica y
Defensa de la Competencia (Servicio de Defensa de la Competencia), se procedió
a la formalización del consiguiente expediente NV-158, concluyendo el
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.4 de la Ley 16/1989,
con la remisión del expediente de referencia al Tribunal de Defensa de
la Competencia por entender que la operación notificada podría
obstaculizar el mantenimiento de una competencia efectiva en el mercado
español de las bebidas refrescante carbónicas;
Resultando que el Tribunal de Defensa de la Competencia, tras el
estudio del mencionado expediente, emitió dictamen de conformidad al artículo
15.4 de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia;
Considerando que en fecha 21 de mayo de 1999, la entidad "The
Coca-Cola Company", comunicó al Servicio de Defensa de la Competencia, el
desistimiento de la operación de concentración económica contemplada en el
acuerdo suscrito el 11 de diciembre de 1998, entre las partes, acuerdo
que ha sido modificado por el firmado el 23 de mayo de 1999, en el que
se deja sin efecto la adquisición por "The Coca-Cola Company" de los
negocios de bebidas de "Cadbury Schweppes, PLC", en determinados países
europeos, incluyendo a España;
Considerando que en fecha 18 de junio de 1999, la "Compañía de
Bebidas Pepsico, Sociedad Anónima", considerada como parte interesada
mediante Auto del Tribunal de Defensa de la Competencia de 2 de marzo
de 1999, solicitó se decretara el archivo formal de las actuaciones y en
consecuencia, concluso el procedimiento ante el desistimiento de la
operación por parte de "The Coca-Cola Company";
Considerando que según el artículo 17 de la Ley 16/1989, la competencia
para decidir sobre estas cuestiones corresponde al Gobierno, a propuesta
del Ministerio de Industria y Energía, en virtud del Real Decreto 767/1999,
de 4 de mayo, por el que se dispone que el Ministro de Industria y Energía
sustituya al de Economía y Hacienda en la tramitación y resolución del
expediente NV-158;
Vista la normativa de aplicación,
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Industria y Energía,
Acuerda declarar concluso el procedimiento, por pérdida sobrevenida
de su objeto, ante el desistimiento por parte de la entidad "The Coca-Cola
Company", de la operación proyectada de concentración económica
consistente en la adquisición de la práctica totalidad de marcas de bebida
y los activos materiales e inmateriales asociados a las mismas de "Cadbury
Schweppes, PLC", en España, instruir al Servicio de Defensa de la
Competencia para que proceda al archivo de las actuaciones.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de septiembre de 1999.-El Secretario de Estado de
Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilmo. Sr. Director general de Política Económica y Defensa de la
Competencia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid