El "Sello Europeo" se concede anualmente a iniciativas seleccionadas
en cada uno de los Estados miembros de la Unión Europea, con el propósito
de que sea un estímulo para la difusión de los resultados de estas iniciativas
y sirva para promocionar el interés público por mejorar los conocimientos
de lenguas extranjeras.
En su virtud, por Orden de 23 de octubre de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" de 9 de noviembre), por el Ministerio de Educación y Cultura
se convocó la concesión del "Sello Europeo" 1999, a través del cual se
pretende otorgar un reconocimiento a aquellas iniciativas innovadoras
en el campo de la enseñanza y aprendizaje de lenguas extranjeras, en
cualquier etapa de la educación y de la formación.
En aplicación de la previsiones contenidas en la referida Orden se
constituyó el Jurado establecido en su apartado cuarto, que estudió todas
las iniciativas presentadas a la edición de 1999, seleccionando las
ganadoras según los criterios consensuados a nivel europeo y que se recogen
en el apartado cuarto, 4 de la convocatoria.
En consecuencia, una vez estudiada la propuesta elaborada por el
Jurado, esta Dirección General ha resuelto lo que sigue:
Primero.-Conceder el "Sello Europeo" correspondiente al año 1999,
a las siguientes candidaturas:
Fundación Laboral de la Construcción en el Principado de Asturias,
Asturias, por la iniciativa "Diccionario Multilingüe y Actualizado de la
Construcción en Multimedia".
Universidad de Valencia y Consejería de Cultura, Educación y Ciencia
de la Generalidad Valenciana, por la iniciativa "FLiPS-Foreign Languages
in Primary Schools" (Formación del Profesorado de Lenguas Modernas
en Educación Primaria, CD-Rom).
Grupo de Trabajo del Centro de Profesores y Recursos de Torrelavega,
Cantabria, por la iniciativa "Rock in School. Activities with students' songs".
Instituto de Educación Secundaria "Josep María Llompart", de Palma
de Mallorca, Baleares, por la iniciativa "Producción de cuentos en lengua
inglesa por parte de los alumnos de Bachillerato para su posterior
aprovechamiento como material de lectura y audición para otros alumnos de
la etapa de ESO".
Colegio "Liceo Europeo" de Madrid, por la iniciativa "Liceo Europeo.
Estimulación del aprendizaje de idiomas".
Segundo.-Las iniciativas no premiadas podrán ser retiradas en el plazo
de treinta días hábiles, a partir de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado", después de haberlo solicitado por escrito en
el mismo lugar en el que las hubiesen presentado. La Subdirección General
de Educación Permanente procederá a tramitar su devolución según lo
estipulado en el apartado cuarto, 8 de la Orden de 23 de octubre antes
mencionada.
Tercero.-Los trabajos galardonados quedarán en poder de esta
Dirección General, que podrá difundirlos, considerando la calidad de los mismos
y su carácter innovador, en los aspectos didácticos o metodológicos.
Cuarto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional. Asimismo, podrá interponerse potestativamente
recurso de reposición ante el Ministro de Educación y Cultura, en el plazo
de un mes, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 6 de septiembre de 1999.-P. D. (Orden de 23 de octubre de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" de 9 de noviembre), la Directora general de
Formación Profesional y Promoción Educativa, Dolores de la Fuente
Vázquez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Educación Permanente.
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