Visto el expediente de indulto de don Eugenio Collantes Íñigo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz, en sentencia de fecha 16
de octubre de 1997, como autor de un delito de robo, a la pena de seis
meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de
todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993; a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24
de septiembre de 1999,
Vengo en indultar a don Eugenio Collantes Íñigo la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de septiembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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