Visto el expediente de indulto de don José Lázaro Navarro Lastras,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla, en sentencia
de fecha 9 de octubre de 1991, como autor de un delito de atentado a
agentes de la autoridad, a la pena de once meses de prisión menor y
de una falta de lesiones, a la pena de cuatro días de arresto menor, con
las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990;
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 24 de septiembre de 1999,
Vengo en conmutar a don José Lázaro Navarro Lastras las penas
privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por otra de trescientos
días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 500 pesetas, cuyo inicio y
forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador,
a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres
años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de septiembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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