En cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia dictada por el Tribunal
Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en los recursos
contenciosoadministrativos números 1/1.1220/1995, 642 y 1.250/1996 (acumulados),
interpuestos por don Antonio Cifuentes Verdú, en pleito seguido ante el
mismo, sobre concurso-oposición para acceso a plazas de Medicina General
en Equipos de Atención Primaria, convocado por Resolución de 1 de julio
de 1994, de la Secretaría General del Instituto Nacional de la Salud ("Boletín
Oficial del Estado" del 16),
Esta Dirección General, en virtud de las funciones que tiene asignadas
por Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
número 189), y, conforme establece la base novena de la Resolución de
1 de julio de 1994 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), ha resuelto:
Primero.-Declarar que la puntuación total obtenida por don Antonio
Cifuentes Verdú, en el conjunto de la prueba selectiva, conforme a la
propuesta elevada por el Tribunal calificador, es de 81,93 puntos, que se
corresponde a 55,33 puntos de la fase de oposición y 26,60 puntos de
la fase de concurso.
Segundo.-Adjudicar una plaza de Facultativo de Medicina General en
el Equipo de Atención Primaria Zona VI, estación de Albacete, a don
Antonio Cifuentes Verdú.
Tercero.-En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", don Antonio Cifuentes Verdú deberá remitir a la Dirección
General de Recursos Humanos del Instituto Nacional de la Salud (Servicio
de Régimen Jurídico, calle Alcalá, número 56, 28071 Madrid), la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en Medicina
General.
c) Declaración jurada o promesa de no encontrarse inhabilitado para
el desempeño de funciones públicas, así como no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración
Pública.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las correspondientes
funciones.
Madrid, 13 de septiembre de 1999.-El Director general, Roberto Pérez
López.
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