Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados
presupuestariamente cuya provisión se considera conveniente en
atención a las necesidades del servicio.
Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20
de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y 40.1 del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), previa la
aprobación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
ha dispuesto convocar concurso para cubrir las vacantes que se
relacionan en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientes
bases:
Primera.-1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c)
del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido
por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y a tenor de lo establecido
en los análisis de la distribución de efectivos en la Administración
General del Estado, podrán participar en el presente concurso:
A) Para obtener puestos en la provincia de Madrid,
exclusivamente los siguientes colectivos de funcionarios:
a) Los funcionarios de carrera de la Administración General
del Estado en servicio activo o en cualquier situación
administrativa con derecho a reserva de puesto, que estén destinados,
con carácter definitivo o provisional (incluida la Comisión de
Servicios), o tengan su reserva en los servicios centrales, o en los
periféricos situados en el municipio o la provincia de Madrid, del
Ministerio de Medio Ambiente y de sus organismos autónomos.
b) Los funcionarios de carrera de la Administración General
del Estado en servicio activo o en cualquier situación
administrativa con derecho a reserva de puesto, que tengan destino
definitivo, adscripción provisional o reserva en los servicios centrales,
o los periféricos situados en el municipio o en la provincia de
Madrid, de los Ministerios y organismos que se enumeran en el
anexo VII.
B) Para obtener puestos situados en otras provincias distintas
de Madrid:
a) Con las salvedades que se exponen en los siguientes
apartados, podrán participar todos los funcionarios, sin limitación por
razón del Ministerio en el que prestan servicio o de su municipio
de destino, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto
los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
b) Los funcionarios de carrera en servicio activo que estén
desempeñando efectivamente un puesto de trabajo -ya sea con
carácter definitivo, provisional o en comisión deservicios en
alguna de las provincias deficitarias que se enumeran en el
anexo VIII sólo podrán participar solicitando puestos situados
dentro de la provincia respectiva. El mismo criterio se aplicará a
quienes estando en una situación administrativa distinta (excedencia
por cuidado de hijos o servicios especiales), tengan reserva de
puesto de trabajo en alguna de estas provincias. Ello sin perjuicio
de que los funcionarios destinados o con reserva de puesto en
provincias no incluidas en el citado anexo, puedan solicitar
también puestos de trabajo en localidades de las provincias en éste
relacionadas.
c) El anexo IX recoge las provincias de las que se podrá
autorizar la salida de personal funcionario, pero no la nueva
incorporación de funcionarios procedentes de otras provincias. Por ello,
los puestos de trabajo ubicados en las provincias enumeradas en
el anexo IX sólo podrán ser solicitados por funcionarios que estén
destinados con carácter definitivo o provisional (incluida la
comisión de servicios) dentro de cada una de las provincias respectivas.
Las limitaciones establecidas en los puntos a) y b) del
apartado A), y en los puntos b) y c) del apartado B) no se aplicarán
a los puestos para los que se requiera, en la relación de puestos
de trabajo, poseer titulación superior o media de Ingeniero, sola
o en combinación con otra titulación, debido a la especificidad
de sus funciones.
2. Cumplidos los requisitos establecidos en el apartado
anterior, podrán participar en el presente concurso los funcionarios
de carrera de la Administración General del Estado a que se refiere
el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, excepto los
suspensos en firme mientras dure la suspensión, que pertenezcan
a Cuerpos y Escalas clasificados en los grupos establecidos en
el artículo 25 de la citada Ley, y que reúnan las condiciones
generales exigidas en las bases de esta convocatoria, así como los
requisitos previstos en la correspondiente relación de puestos de
trabajo, que se detallan en el anexo I.
Segunda.-1. Los funcionarios con destino en propiedad
deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino
definitivo un mínimo de dos años para poder participar en el concurso,
salvo que:
a) Concursen únicamente para cubrir vacantes en el ámbito
de la Secretaría de Estado, o, en su defecto, en el departamento
ministerial donde estén destinados.
b) Hayan sido cesados o removidos de su anterior destino
obtenido por libre designación o concurso antes de haber
transcurrido dos años desde la correspondiente toma de posesión.
c) Procedan de un puesto de trabajo suprimido.
2. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas, solo podrán tomar parte en el presente concurso si,
al término del plazo de presentación de instancias, han
transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular [artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984], y en excedencia
voluntaria por agrupación familiar [artículo 29.3.d) de la comentada
Ley], solo podrán participar si, al término del plazo de presentación
de instancias, llevan más de dos años en dicha situación.
4. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de hijos (artículo 29 de la Ley 30/1984), durante el período de
excedencia, solo podrán participar si en la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años
desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido,
salvo que participen para cubrir vacantes en el ámbito de la
Secretaría de Estado o, en su defecto, del departamento en el que tengan
reservado el puesto de trabajo.
5. Los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o
Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en
el puesto de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo
de servicio prestado en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de
procedencia, a efectos de los dispuesto en el número anterior.
6. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en este departamento, salvo los que se hallen en comisión de
servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso,
solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan
acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria,
excepto los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo
mediante adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación
de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
7. Los funcionarios sin destino definitivo a que se refiere el
punto anterior que no obtengan vacante podrán ser adscritos a
los puestos que resulten dentro de la localidad después de atender
las solicitudes del resto de los concursantes.
8. Los funcionarios en situación administrativa de expectativa
de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados5y6,
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tal y como resulta de la
modificación operada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
9. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter
indistinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones
Públicas, de conformidad con el departamento al que se hallen adscritos
los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos indicados dependan del propio
departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos
en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida
autorización.
Tercera.-Fases y baremos de valoración: El presente concurso
específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán
los méritos generales, y en la segunda los específicos adecuados
a las características del puesto.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente
concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de dos puntos
en la primera fase y del 50 por 100 de la que figura como máxima
en la segunda.
Los participantes que en la primera fase no obtengan la
puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos
se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Primera fase:
1.1 Valoración del grado personal consolidado.-Por el grado
personal consolidado, los puntos resultantes de aplicar a dicho
grado el coeficiente de 0,10 con un máximo de tres puntos.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido
en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se
halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71
del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, para el grupo de titulación
a que pertenezca el funcionario.
En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad
Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración
General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento
mencionado en el párrafo anterior, para el grupo de titulación
a que pertenezca el funcionario, deberá valorarse el grado máximo
correspondiente al intervalo de niveles asignado a su grupo de
titulación en la Administración General del Estado.
El funcionario que participe desde Departamentos ajenos al
convocante, y que considere tener un grado personal consolidado
o que pueda ser consolidado durante el período de presentación
de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere
la base cuarta que dicha circunstancia quede expresamente
reflejada en el anexo II (certificado de méritos).
1.2 Valoración del trabajo desarrollado:
1.2.1 Por nivel de complemento de destino del puesto de
trabajo actualmente desempeñado, con una antigüedad de más
de seis meses en dicho puesto, los puntos resultantes de aplicar
a este nivel el coeficiente de 0,10 hasta un máximo de tres puntos,
considerándose los siguientes supuestos:
a) Los candidatos que se encuentren desempeñando un
puesto de trabajo con antigüedad menor de seis meses, la valoración
prevista en este apartado se hará considerando el nivel del anterior
o siguiente puesto de trabajo con una permanencia en el mismo
de más de seis meses. Si en ningún caso se cumple dicho requisito
se tendrá en cuenta el nivel mínimo de puesto que corresponda
a su grupo de adscripción como funcionario.
b) Aquellos funcionarios que estén desempeñando un puesto
de trabajo sin nivel de complemento de destino o en situación
de excedencia, excepto en la de cuidado de hijos, se entenderá
que prestan sus servicios en uno del nivel mínimo correspondiente
al grupo de su Cuerpo o Escala.
c) Cuando se trate de funcionarios procedentes de las
situaciones de excedencia por el cuidado de hijos y de la de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto, se valorará el nivel
del último puesto de trabajo que desempeñaban en activo, o bien
el del anterior o siguiente puesto, con una permanencia en el
mismo de más de seis meses. Si en ningún caso se cumple dicho
requisito se tendrá en cuenta el nivel mínimo de puesto que
corresponda a su grupo de adscripción como funcionario.
d) Si se trata de funcionarios con destino provisional, por
haber sido cesados en puestos de libre designación, supresión
del puesto de trabajo o bien removidos de los obtenidos por
concurso, a instancia de los interesados mediante solicitud
documentada o acreditación en el anexo II, se computará el nivel del puesto
que ocupaban anteriormente o, en todo caso, se aplicará el criterio
establecido en los apartados a) y b), si no llevaban más de seis
meses de desempeño en los mismos.
1.2.2 Por el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes
al área a que corresponde el convocado o de similar contenido
técnico o especialización, se adjudicarán hasta un máximo de tres
puntos, además de los que correspondan computar por el nivel
del complemento de destino del referido puesto, según el
apartado 1.2.1.
1.3 Cursos de formación o perfeccionamiento.-Por la
realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación
o perfeccionamiento de funcionarios, que tengan vinculación
directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo que
se solicita, y guarden relación sobre las materias formativas que
se señalan para cada puesto en el anexo I de estas bases, a razón
de 0,10 puntos por curso hasta un máximo de 2,50 puntos,
siempre que:
Hayan tenido una duración mínima de diez horas.
Se hayan realizado durante los cinco últimos años.
No obstante lo anterior, el resto de cursos, que hayan sido
impartidos por organismos o entidades distintos a los señalados
en el primer párrafo, podrán ser valorados, con igual criterio, si
reúnen los mismos requisitos y en base a la documentación
justificativa presentada.
1.4 Antigüedad.-Por cada año completo de servicios en las
distintas Administraciones públicas: 0,10 puntos, hasta un
máximo de tres puntos.
A estos efectos se computarán los servicios prestados con
carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala, expresamente
reconocidos. No se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. Segunda fase.-La puntuación máxima de esta fase será
de ocho puntos.
A efectos de la comprobación de los méritos, la Comisión de
Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
los concursantes, podrá convocar a los candidatos que considere
conveniente para la celebración de una entrevista.
Los puestos para los que se exige presentación de memorias
o la posibilidad de celebración de entrevistas, previstos en el
artículo 45.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, se indican en
el anexo I (M = Exigencia de memoria; E = Entrevista).
La memoria consistirá en un análisis de las tareas del puesto
y de los requisitos, condiciones y medios para su desempeño,
a juicio del candidato, con base en la descripción contenida en
la convocatoria.
Por su parte, la entrevista versará sobre los méritos específicos
adecuados a las características del puesto de acuerdo con lo
previsto en la convocatoria y, en su caso, sobre la memoria, pudiendo
extenderse a la comprobación de los méritos alegados.
Cuarta. Acreditación deméritos. 1. Los méritos no
específicos deberán ser acreditados por certificado, según modelo que
figura como anexo II, que deberá ser expedido a los funcionarios
que se encuentren en situación de servicio activo o de excedencia
por cuidado de hijos por:
a) La Subdirección General competente en materia de
personal de los Departamentos ministeriales o la Secretaría General
o similar de organismos autónomos, entidades gestoras y servicios
comunes de la Seguridad Social si se trata de funcionarios
destinados en servicios centrales.
b) Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial será expedido por las
Secretarías Generales de las Delegaciones de Gobierno en los
términos que determina el artículo 11 de Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre.
c) Las certificaciones de los funcionarios destinados en el
Ministerio de Defensa serán expedidas por la Subdirección General
de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de
funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido
dicho Departamento en Madrid y los Delegados de Defensa,
cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino
definitivo haya sido en los servicios periféricos de tal Ministerio.
Respecto del personal destinado en Comunidades Autónomas,
dicha certificación deberá ser expedida por la Dirección General
de la Función Pública de la Comunidad u organismo similar, o
bien por la Consejería o Departamento correspondiente, en el
caso de funcionarios de Cuerpo o Escala de carácter departamental.
Si se trata de funcionarios en situación de excedencia
voluntaria, la certificación será expedida por la Unidad de Personal
del Departamento a que figure adscrito su Cuerpo o Escala, o
por la Dirección General de la Función Pública, si pertenece a
los Cuerpos de la Administración del Estado adscritos a la
Secretaría de Estado para la Administración Pública o a las Escalas
a extinguir de la AISS. En el caso de los excedentes voluntarios
pertenecientes a las restantes Escalas, tales certificaciones serán
expedidas por la Unidad de Personal del Ministerio u organismo
donde tuvieron su último destino definitivo.
2. Los méritos a que se hace referencia en la base
tercera, 1.2.2, deberán acreditarse por certificado y/o descripciones
expedidas por el centro directivo del que dependan los puestos
de trabajo desempeñados por los candidatos.
3. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre
del plazo de presentación de instancias y se acreditarán
documentalmente con la solicitud de participación.
4. La acreditación documental de los méritos específicos
alegados por los concursantes se presentará en formato UNE-A4,
impreso o escrito por una sola cara, mediante las pertinentes
certificaciones, justificantes o cualquier otro medio de prueba:
diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, etcétera.
5. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar
en su solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo
solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el
contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá recabar
del interesado, en entrevista personal la información que estime
necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen
de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria
o de los competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad
con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.
Previamente, el Presidente de la Comisión de Valoración
comunicará a los centros directivos, de los cuales dependen los puestos
solicitados, la posibilidad de la adaptación. Los centros directivos
a través de sus representantes en la Comisión de Valoración,
trasladarán a ésta informe al respecto.
6. De darse el supuesto contemplado en el punto anterior,
la resolución del concurso en los puestos afectados directa o
indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados
por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.
Quinta.-En el supuesto de estar interesados en las vacantes
de un mismo municipio que se anuncian en este concurso de
méritos dos funcionarios, aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o
Escalas, podrán condicionar su petición por razones de
convivencia familiar, al hecho que ambos obtengan destino en este
concurso y en el mismo municipio entendiéndose en caso contrario
anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes
que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a
su instancia una fotocopia de la petición del otro.
Sexta.-Las solicitudes para tomar parte en este concurso se
dirigirán a la Subdirección General de Recursos Humanos del
Ministerio de Medio Ambiente y se ajustarán a los modelos
publicados como anexos en esta Orden, y se presentarán en el plazo
de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", en
el Registro General del citado Departamento, plaza de San Juan de
la Cruz, sin número (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, o en
los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello
de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo
establecido para la presentación de instancias.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: Certificado de méritos, según el modelo de anexo II.
Anexo III: Solicitud de participación (hojas1 y 2).
Anexo IV: Méritos alegados por el candidato en relación con
el puesto o puestos solicitados (hojas1 y 2).
Anexo V: Descripción sumaria de la trayectoria profesional
general del candidato.
Anexo VI: Memoria, cuando se solicite alguno de los puestos
en que así se exija en esta convocatoria.
La cumplimentación de estos anexos deberá seguir
rigurosamente las instrucciones que en ellos se contienen a pie de página.
Séptima.-1. La valoración de los méritos se efectuará
conforme a lo establecido en el artículo 45.5 del mencionado
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación
determinará el orden de prioridad de los concursantes para la
adjudicación de las plazas.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá, para dirimirlo,
a lo dispuesto en el artículo 44.4 del mencionado Reglamento.
Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán
declararse desiertos cuando existan concurrentes que hayan
obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en cada caso, excepto
cuando como consecuencia de una reestructuración, se hayan
amortizado o hayan sufrido modificación en sus características
funcionales, orgánicas o retributivas.
Octava.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión
compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: El Subdirector general de Recursos Humanos del
Ministerio de Medio Ambiente, o persona en quien delegue.
Vocales: Tres en representación del centro directivo al que
pertenecen los puestos de trabajo, y tres en representación de la
Subsecretaría del Departamento, de los cuales uno actuará como
Secretario.
Asimismo, podrán formar parte de la Comisión de Valoración
un miembro en representación y a propuesta de cada una de las
organizaciones sindicales más representativas, y de las que
cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto
de las Administraciones públicas, o en el ámbito correspondiente.
2. Los miembros titulares de la Comisión así como los
suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz
y voto deberán pertenecer a grupo de titulación igual o superior
al exigido para los convocados y además, poseer grado personal
o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los
convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando
ésta lo considere oportuno, asesores y colaboradores con voz pero
sin voto. Su designación recaerá en el órgano convocante previa
solicitud de la Comisión.
La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que
hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la
mínima exigida para cada puesto en la presente convocatoria.
Novena.Destinos. Los destinos adjudicados serán
irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en
cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano que se expone
en la base sexta.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario
y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de
indemnización por concepto alguno.
Décima.-1. La presente convocatoria se resolverá por Orden
del Ministerio de Medio Ambiente en un plazo máximo de dos meses
desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de
instancias, y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", salvo
que concurran las circunstancias expuestas en la base cuarta, 6,
en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos
no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
Para recibir información sobre el estado de tramitación del
concurso, podrán dirigirse los interesados al Ministerio de Medio
Ambiente, plaza de San Juan de la Cruz, sin número, 28071
Madrid, teléfono 91 597 62 32/48.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los
términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, se hará indicación expresa del puesto de origen de los
participantes a quienes se les adjudique destino, así como su grupo
de clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984) con indicación
del Ministerio o Comunidad Autónoma de procedencia, localidad
y nivel de complemento de destino, y, en su caso, situación
administrativa de procedencia.
3. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española
y la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976, la
Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre
hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo,
a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.
4. El personal que obtenga destino a través de este concurso,
no podrá participar en concursos de traslados que convoquen tanto
la Administración General del Estado como otras Administraciones
públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del puesto adjudicado, salvo los supuestos
contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984.
5. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido
será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o
el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
contarse desde dicha publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos
a los interesados. Todo funcionario que haya cursado solicitud
para el presente concurso está obligado a dar traslado por escrito
de dichos permisos o licencias al órgano al que hace referencia
la base sexta de esta convocatoria. En este caso el órgano
convocante puede acordar la suspensión del disfrute de los mismos
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en
los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia
voluntaria.
El Subsecretario del departamento donde presta servicios el
funcionario podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese
por necesidades del servicio de hasta veinte días hábiles, debiendo
comunicarse ésta a la Subsecretaría (Subdirección General de
Recursos Humanos) del Ministerio de Medio Ambiente.
La fecha de cese podrá prorrogarse hasta un máximo de tres
meses (computada la prórroga prevista en el párrafo anterior) por
el Secretario de Estado para la Administración Pública a propuesta
del Departamento donde preste servicios el funcionario
seleccionado.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores,
el Subsecretario de Medio Ambiente podrá conceder una prórroga
de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica
cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones
justificadas.
Undécima.-La publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos,
servirá de notificación a los interesados y, a partir de la misma,
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los
organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes.
A fin de facilitar la tramitación de cuantos actos administrativos
afecten o puedan afectar al funcionario seleccionado, éste deberá
aportar una copia compulsada de su expediente personal, así como
un certificado del tiempo de servicios prestados o reconocidos.
En la correspondiente baja de haberes deberá expresarse la
no liquidación de la paga extraordinaria en período de devengo,
así como la interrupción, en su caso, en la prestación de servicios.
Duodécima.-En cualquier momento del proceso podrán
recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su
caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para
la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada
valoración.
Decimotercera.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición
ante el titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer
recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos
meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo
interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación presunta, conforme a lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, según redacción dada a los mismos por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos9y46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Madrid, 7 de octubre de 1999.-P. D. (Orden de 25 de
septiembre de 1999, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el
Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Subdirección General de Recursos Humanos.
ANEXO I
(11E/99/PM)
SECRETARÍA DE ESTADO DE AGUAS Y COSTAS
Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas
Subdirección General de Proyectos y Obras
Número de orden: 1. Denominación del puesto de trabajo:
Técnico Superior N26. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Titulación requerida:
Ingeniero Superior de Caminos, Canales y Puertos. Materias sobre
cursos de formación: Geotecnia, informática, dirección de
proyectos y obras, contratación administrativa e idiomas. Descripción
del puesto de trabajo: Ejecución, tramitación y dirección de
proyectos de obras de corrección del terreno y de estructuras
hidráulicas; dirección de obras de tratamiento y corrección de terrenos
y estructuras (presas, canales, túneles), y asesoramiento en temas
geotécnicos a las Confederaciones Hidrográficas y Servicios
Hidráulicos. Méritos específicos: Conocimiento de geotecnia;
experiencia en: Dirección y redaccción de proyectos y dirección
de obras, y programas de informática aplicada (bases de datos
y hoja de cálculo); conocimiento del inglés. Entrev./Mem.: M.
Confederación Hidrográfica del Norte
Secretaría General
Número de orden: 2. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio Régimen Jurídico. Número de plazas: Una. Localidad:
Oviedo. Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.233.660
pesetas. Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Titulación requerida:
Licenciado en Derecho. Materias sobre cursos de formación:
Procedimiento administrativo; Régimen jurídico de organismos
autónomos; Derecho hidráulico y medio ambiental, y organización
administrativa. Descripción del puesto de trabajo: Informes y
asesoramiento jurídico general; coordinación jurídica del organismo;
tramitación de recursos administrativos; seguimiento de los
recursos que afectan al organismo; relaciones con el Servicio Jurídico
del Estado, y jornada de mañana y tarde. Méritos específicos:
Experiencia en: Asuntos jurídicos; resoluciones de recursos
administrativos, organización y procedimiento administrativo; y gestión
administrativa. Entrev./Mem.: E/M.
Número de orden: 3. Denominación puesto de trabajo: Jefe
de Servicio Económico, Recaudación y Contabilidad. Número de
plazas: Una. Localidad: Oviedo. Nivel CD: 26. Complemento
específico anual: 1.233.660 pesetas. Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo:
EX11. Materias sobre cursos de formación: Legislación
presupuestaria; contabilidad pública, y SICAI. Descripción del puesto de
trabajo: Contabilidad presupuestaria, control contable y
liquidación de cuentas, y jornada de mañana y tarde. Méritos específicos:
Título de licenciatura en Ciencias Económicas o Empresariales;
experiencia en contabilidad analítica, y conocimiento del Sic-2.
Entrev./Mem.: E/M.
Dirección Técnica
Número de orden: 4. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio de Coordinación y Actuaciones Especiales. Número
de plazas: Una. Localidad: Oviedo. Nivel CD: 27. Complemento
específico anual: 1.718.736 pesetas. Grupo: A. ADM.: AE.
Cuerpo: EX11. Titulación requerida: Ingeniero Superior de Caminos,
Canales y Puertos. Materias sobre cursos de formación: Ingeniería
sanitaria; drenaje urbano, y saneamiento litoral. Descripción del
puesto de trabajo: Realización de informes, estudios, planes y
proyectos en materia de infraestructura hidráulica y sanitaria
(saneamiento, encauzamiento y defensa), así como la realización del
seguimiento, control y direcciones de obras, y gestión y tramitación
de los expedientes propios del servicio relacionados con
direcciones de proyecto y obras de infraestructuras hidráulicas y
sanitarias. Méritos específicos: Experiencia en las siguientes
actividades: Trabajos propios de las Confederaciones Hidrográficas;
dirección de obras y redacción de proyectos y pliegos de bases
de sistemas de saneamiento con colectores interceptores de gran
diámetro, estaciones de bombeo, aliviaderos y estructuras
especiales de los sistemas de saneamiento, vertidos al mar mediante
emisarios submarinos; conservación, limpieza y mantenimiento
de sistemas de saneamientos, y proyecto y dirección de obras
de encauzamiento, defensa y túneles perforados con procedimiento
de hinca y tuneladoras. Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 5. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio de Zona 4. Número de plazas: Una. Localidad: Oviedo.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.600.092 pesetas.
Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Titulación requerida:
Ingeniero Superior de Caminos, Canales y Puertos. Materias sobre
cursos de formación: Ingeniería sanitaria; drenaje urbano, y
saneamiento litoral. Descripción del puesto de trabajo: Realización de
informes, estudios, planes y proyectos en materia de
infraestructura hidráulica y sanitaria (saneamiento, encauzamiento y
defensa), así como la realización del seguimiento, control y direcciones
de obras, y gestión y tramitación de los expedientes relacionados
con direcciones de proyecto y obras de infraestructuras hidráulicas
y sanitarias. Méritos específicos: Experiencia en las siguientes
actividades: Trabajos propios de las Confederaciones Hidrográficas;
dirección de obras y redacción de proyectos y pliegos de bases
de sistemas de saneamiento con colectores interceptores de gran
diámetro, estaciones de bombeo, aliviaderos y estructuras
especiales de los sistemas de saneamiento, vertidos al mar mediante
emisarios submarinos; conservación, limpieza y mantenimiento
de sistemas de saneamientos, proyecto y dirección de obras de
encauzamiento, defensa y túneles perforados con procedimiento
de hinca y tuneladoras. Entrev./Mem.: E.
Confederación Hidrográfica del Duero
Secretaría General
Número de orden: 6. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio N26. Número de plazas: Una. Localidad: Valladolid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.233.660 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias sobre cursos de
formación: Gestión de personal; contratación; gestión económica;
organización administrativa, y procedimiento administrativo.
Descripción del puesto de trabajo: Funciones de apoyo al Secretario
general en los aspectos de recopilación de normativa, estudios,
informes y documentación, asuntos generales y régimen interior.
Méritos específicos: Licenciado en Derecho; experiencia en:
Organización y procedimiento administrativo; gestión de órganos
colegiados, desarrollo de las características del puesto.
Entrev./Mem.: E.
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
Dirección Técnica
Número de orden: 7. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio Proyectos y Obras. Número de plazas: Una. Localidad:
Córdoba. Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.600.092
pesetas. Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Titulación requerida:
Ingeniero Superior de Caminos, Canales y Puertos. Materias sobre
cursos de formación: Matenimiento y funcionamiento de presas;
construcción civil; calidad de aguas; gestión económica y
financiera; medio ambiente; jurídicas y administrativas, e informática.
Descripción del puesto de trabajo: Redacción de proyectos y
dirección de obra de grandes presas, de abastecimientos, distribución
y depuración de aguas potables, de canalización, saneamientos
y depuración de aguas residuales, redacción de proyectos y
dirección de obra de carreteras, pavimentaciones y urbanizaciones.
Méritos específicos: Experiencia en las tareas relacionadas en la
descripción del puesto de trabajo. Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 8. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio Explotación. Número de plazas: Una. Localidad: Jaén.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.600.092 pesetas.
Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Titulación requerida:
Ingeniero Superior. Materias sobre cursos de formación:
Mantenimiento y funcionamiento de presas; gestión económica y financiera;
medio ambiente; jurídicas y administrativas; calidad de aguas, e
informática. Descripción del puesto de trabajo: Explotación de
embalses; gestión y explotación de abastecimientos a poblaciones
y de zonas regables y recursos hidráulicos. Méritos específicos:
Experiencia en: Las tareas relacionadas en la descripción del
puesto de trabajo, y mantenimiento y manejo de los elementos
electromecánicos de las presas. Entrev./Mem.: E.
Parques Nacionales
Unidad de Apoyo
Número de orden: 9. Denominación del puesto de trabajo: Jefe
de Servicio Desarrollo Red Parques Nacionales. Número de plazas:
1. Localidad: Madrid. Nivel CD: 26. Complemento específico
anual: 1.233.660 pesetas. Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11.
Materias sobre cursos de formación: Gestión y planificación de
espacios naturales; Derecho Comunitario, y biodiversidad.
Descripción del puesto de trabajo: Desarrollo y coordinación del
conjunto de programas de actuaciones de desarrollo de la red de
parques nacionales; publicaciones, divulgación y difusión del
organismo autónomo, del programa de formación de personal, y de
las actuaciones en materia de "sponsorización", participación
pública, y cooperación social en parques nacionales; diseño y
coordinación de programas de seguimiento y evaluación de variables
ecológicas, parámetros ambientales y biodiversidad; diseño,
coordinación y dirección de programas de conservación en el
Organismo Autónomo de Parques Nacionales, y coordinación de los
procesos de planificación. Méritos específicos: Experiencia en las
siguientes materias: Gestión de espacios naturales protegidos y
de parques nacionales; Funciones de asesoría y apoyo a cargos
de responsabilidad administrativa; funciones de representación y
participación en foros, reuniones, conferencias y seminarios;
planificación de espacios naturales protegidos; programas
comunitarios, y seguimiento de biodiversidad y planificación de áreas
protegidas. Entrev./Mem.: E.
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
Subdirección General de Evaluación Ambiental
y Actuaciones Sectoriales
Número de orden: 10. Denominación del puesto de trabajo:
Director de Programas. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias sobre cursos de
formación: Gestión y planificación de espacios naturales; Derecho
Comunitario, y biodiversidad. Descripción del puesto de trabajo:
Evaluación ambiental de proyectos industriales; propuestas de
declaración de impacto ambiental de proyectos industriales y
seguimiento del cumplimiento de las mismas, y asistencia a
reuniones técnicas y confección de informes relacionados con la
evaluación del impacto ambiental. Méritos específicos: Ingeniero
Industrial; Experiencia y conocimiento en: Evaluación ambiental
de proyectos industriales; contaminación atmosférica, calidad de
las aguas, residuos y proyectos de producción y transporte de
energía o proyectos de actividades industriales, y conocimientos
de inglés y francés. Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 11. Denominación del puesto de trabajo:
Director de Programas. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Descripción del puesto de
trabajo: Evaluación de impacto ambiental de infraestructuras
lineales y aeropuertos. Propuestas de declaración de impacto ambiental
y seguimiento del cumplimiento de las mismas. Asistencia a
reuniones técnicas y confección de informes relacionados con la
evaluación del impacto ambiental. Méritos específicos: Experiencia
mínima de cinco años en la elaboración de propuestas de
declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal y en gestión
del procedimiento de evaluación ambiental conforme al
Reglamento (Real Decreto 1131/1988) de Evaluación de Impacto
Ambiental. Experiencia específica en evaluación de impacto
ambiental de proyectos de infraestructuras lineales y aeropuertos.
Experiencia y conocimiento de la normativa comunitaria y estatal
de la evaluación de impacto ambiental y en actividades formativas
sobre esta materia. Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 12. Denominación del puesto de trabajo:
Director de Programa. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE Cuerpo: EX11. Descripción del puesto de
trabajo: Evaluación de impacto ambiental de infraestructuras
lineales. Propuestas de declaración de impacto ambiental y seguimiento
del cumplimiento de las mismas. Asistencia a reuniones técnicas
y confección de informes relacionados con la evaluación de
impacto ambiental. Méritos específicos: Experiencia mínima de cinco
años en la elaboración de propuestas de declaraciones de impacto
ambiental de competencia estatal y en gestión del procedimiento
de evaluación ambiental conforme al Reglamento (Real
Decreto 1131/1988) de Evaluación de Impacto Ambiental. Experiencia
específica en evaluación de impacto ambiental de proyectos de
infraestructuras lineales. Experiencia y conocimiento de la
normativa comunitaria y estatal de la evaluación de impacto ambiental
y en actividades formativas sobre esta materia. Conocimientos
de sistemas de información geográfica. Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 13. Denominación del puesto de trabajo:
Director de Programa. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Descripción del puesto de
trabajo: Evaluación de impacto ambiental de infraestructuras
lineales. Propuestas de declaración de impacto ambiental y seguimiento
del cumplimiento de las mismas. Asistencia a reuniones técnicas
y confección de informes relacionados con la evaluación de
impacto ambiental. Méritos específicos: Experiencia mínima de cinco
años en la elaboración de propuestas de declaraciones de impacto
ambiental de competencia estatal y en gestión del procedimiento
de evaluación ambiental conforme al Reglamento (Real Decreto
1131/1988) de Evaluación de Impacto Ambiental. Experiencia
específica en evaluación de impacto ambiental de proyectos de
infraestructuras lineales. Experiencia y conocimiento de la
normativa Comunitaria y Estatal de la evaluación de impacto
ambiental y en actividades formativas sobre esta materia. Conocimientos
de cartografía y planos topográficos y temático ambientales.
Experiencia en proyectos y obras de infraestructuras lineales.
Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 14. Denominación del puesto de trabajo:
Director de Programa. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid.
Nivel CD: 26. Complemento específico anual: 1.387.848 pesetas.
Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias sobre cursos de
formación: Normativa ambiental y de evaluación de impacto
ambiental de la Unión Europea, del Estado y de las Comunidades
Autónomas. Técnicas de gestión y procedimiento administrativo.
Descripción del puesto de trabajo: Coordinación general del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Gestión de los
aspectos legales e informes y estudios jurídicos sobre la evaluación
de impacto ambiental, quejas comunitarias, preguntas
parlamentarias y requerimientos judiciales. Méritos específicos:
Licenciado en Derecho. Conocimiento de la normativa legal de la Unión
Europea, del Estado y de las Comunidades Autónomas en
evaluación de impacto ambiental. Conocimiento de la normativa
ambiental y gestión de su procedimiento. Entrev./Mem.: E.
Subsecretaría de Medio Ambiente
Subdirección General de Medios Informáticos y Servicios
Número de orden: 15. Denominación del puesto de trabajo:
Jefe de Servicio de Sistemas Informáticos. Número de plazas: Una.
Localidad: Madrid. Nivel CD: 26. Complemento específico anual:
1.387.848 pesetas. Grupo: AB. ADM.: AE. Cuerpo: EX11.
Materias sobre cursos de formación: Administración y gestión de
sistemas operativos de red. Sistemas de directorio global. Descripción
del puesto de trabajo: Dirección del equipo de técnicos de sistemas
de la Subdirección. Definición de políticas corporativas de gestión
de sistemas (Intranet, Windows NT, UNIX, SGBDR, etc.). Diseño,
desarrollo y explotación de la plataforma de gestión de sistemas
corporativos del Departamento (SMS, Patrol, Hp-Openview).
Méritos específicos: Conocimiento y experiencia extensos en entornos
Backoffice de Microsoft, incluyendo Microsoft Windows NT 4.0,
SQL-Server 6.5, Systems Management Server 1.2, etc.
Conocimientos y experiencia en entorno Unix (especialmente Solaris y
Hp-Ux). Dominio del idioma inglés (técnico) hablado y escrito.
Conocimientos y experiencia en entornos corporativos de
Internet/Intranet, y muy especialmente Netscape Suitespot. Se valorará
formación y experiencia en otros sistemas de gestión de red.
Entrev./Mem.: E.
Secretaría General Técnica
Subdirección General de Desarrollo Normativo
Número de orden: 16. Denominación del puesto de trabajo:
Jefe de Área de Informes. Número de plazas: Una. Localidad:
Madrid. Nivel CD: 28. Complemento específico anual: 1.490.004
pesetas. Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias sobre
cursos de formación: Legislación en materia de Medio Ambiente.
Informática para usuarios. Descripción del puesto de trabajo:
Elaboración de estudios e informes jurídicos. Méritos específicos:
Licenciado en Derecho. Experiencia en: Elaboración de estudios e
informes jurídicos; elaboración de disposiciones de carácter general.
Entrev./Mem.: E.
Número de orden: 17. Denominación del puesto de trabajo:
Jefe de Servicio Órganos Colegiados. Número de plazas: Una.
Localidad: Madrid. Nivel CD: 26. Complemento específico anual:
912.012 pesetas. Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias
sobre cursos de formación: Legislación Ambiental. Contratación
administrativa. Gestión presupuestaria. Descripción del puesto de
trabajo: Elaboración de estudios e informes jurídicos en relación
con los asuntos que deban someterse al Consejo de Ministros,
Comisión Delegada de Asuntos Económicos y Comisión General
de Secretarios de Estado y Subsecretarios. Méritos específicos:
Licenciado en Derecho. Experiencia en puestos de trabajo
similares. Entrev./Mem.: E.
Subdirección General de Relaciones Internacionales
Número de orden: 18. Denominación puesto de trabajo:
Consejero Técnico. Número de plazas: Una. Localidad: Madrid. Nivel
CD: 28. Complemento específico anual: 1.490.004 pesetas.
Grupo: A. ADM.: AE. Cuerpo: EX11. Materias sobre cursos de
formación: Análisis de situaciones medioambientales críticas y sus
repercusiones socioeconómicas. Financiación internacional de
proyectos medioambientales. Análisis, evaluación, planificación
y programación de inversiones públicas. Política económica
española. Sistemas de información y técnicas de dirección.
Administración pública. Calidad y tecnología. Descripción del puesto de
trabajo: Coordinación general de las relaciones internacionales
del Departamento tanto a nivel multilateral (ONU) como bilateral.
Análisis y evaluación de instrumentos económicos y
medioambientales. Coordinación y evaluación de proyectos
medioambientales financiados por agencias españolas y organismos
internacionales. Apoyo técnico en las negociaciones de los convenios
relacionados con las materias de la Subdirección. Méritos
específicos: Título de Ingeniería o Licenciatura en materias
relacionadas con naturaleza y medio ambiente. Experiencia en:
Relaciones internacionales en particular en las relacionadas con las
conferencias de las partes de los convenios internacionales, la
cooperación al desarrollo y los instrumentos y fondos para el medio
ambiente; elaboración, evaluación y ejecución de planes,
programas y proyectos medioambientales; dominio de inglés y francés.
Entrev./Mem.: E.
ANEXOS: (Ver imágenes páginas 37120 a 37124).
ANEXO VII
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus
organismos autónomos.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos
autónomos (excepto los servicios periféricos del INEM en Madrid),
excluidas las entidades gestoras y servicios comunes de la
Seguridad Social (excepto el IMSERSO).
Ministerio de Educación y Cultura y sus organismos autónomos.
Ministerio de Sanidad y Consumo y sus organismos autónomos.
Ministerio de Justicia y sus organismos autónomos.
Ministerio de Economía y Hacienda y sus organismos
autónomos, incluyendo los servicios centrales de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria.
Ministerio de Interior (excepto la Dirección General de la Policía
e Instituciones Penitenciarias) y sus organismos autónomos,
excepto la Jefatura Central de Tráfico.
Ministerio de Asuntos Exteriores y sus organismos autónomos.
Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos.
Ministerio de Fomento y sus organismos autónomos.
Ministerio de la Presidencia y sus organismos autónomos.
Ministerio de Administraciones Públicas, sus organismos
autónomos y su ente público.
Ministerio de Industria y Energía y sus organismos autónomos.
ANEXO VIII
Alicante.
Islas Canarias.
Barcelona.
Cádiz.
Islas Canarias (se permitirá la movilidad entre las dos
provincias).
Ceuta.
Girona.
Málaga.
Melilla.
Tarragona.
ANEXO IX
Álava.
Asturias.
Ávila.
Burgos.
Cantabria.
Castellón.
Coruña.
Huesca.
La Rioja.
León.
Lleida.
Lugo.
Navarra.
Ourense.
Palencia.
Pontevedra.
Salamanca.
Segovia.
Soria.
Teruel.
Valladolid.
Zamora.
Zaragoza.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid