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Documento BOE-A-1999-21151

Resolución de 5 de octubre de 1999, de la Universidad de Granada, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de esta Universidad, por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 1999, páginas 38034 a 38037 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-21151

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por

Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de

atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en

los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,

resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

de Gestión de la Universidad de Granada, con arreglo a las

siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 13 plazas de

funcionarios de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada,

por el sistema de promoción interna.

Este número de plazas podrá incrementarse en el caso de que

resulten plazas desiertas en el actual proceso selectivo, convocado

por Resolución de 22 de diciembre de 1998.

En cualquier caso, el número total de plazas convocadas

quedará concretado en la Resolución del Rectorado por la que se

apruebe la relación de aspirantes admitidos y excluidos.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de

la Universidad de Granada; el Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de esta Universidad, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección será el de

concursooposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias

que se especifican como anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril de 2000.

La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del

Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de

acceso a la función pública y, en particular:

a) Hallarse en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en

condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de

presentación de solicitudes.

b) Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán estar

en situación administrativa de servicio activo, pertenecer a

Cuerpos o Escalas de Administración General o de Administración

Universitaria del grupo C, establecidos en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

excluidos los Cuerpos o Escalas de Bibliotecas e Informática, tener

destino en propiedad en la Universidad de Granada, poseer una

antigüedad de dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan

y en la Universidad de Granada y reunir los demás requisitos.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse

hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de

carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como

anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente

en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, edificio

"Santa Lucía", calle Santa Lucía, número 2, Granada.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de

Granada.

3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su

caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido

para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no

se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los

ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar,

en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido

por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad cuando concurran

en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del

Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de

sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una

antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer

ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el

proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes;

en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa

Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del Real

Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en

su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Granada, comunicándole, asimismo,

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso

ordinario ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en el Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno

la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación

alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Dicha

relación contendrá la puntuación obtenida en fase de concurso

y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los

ejercicios celebrados.

Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de

Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá

ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores

que figuren en las mismas deberán presentar, en el Servicio de

Personal, copia compulsada de aquellos documentos que acrediten

las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala

de Gestión de la Universidad de Granada, a excepción de aquellos

que obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia

de la aportación realizada para su anterior nombramiento como

funcionario de carrera.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,

no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán

anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que

hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 A los aspirantes aprobados se les adjudicará como primer

destino el mismo puesto de trabajo que vinieran ocupando con

carácter definitivo como funcionarios de carrera del Cuerpo o

Escala desde el que acceden.

8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del

Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios

de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado" con indicación de los destinos adjudicados.

9. Norma final

9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes

pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria

y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin

perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto

en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios

para el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el

día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha

dictado, o interponer directamente recurso

contenciosotivo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado", ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el

Rector de la Universidad, en los términos previstos en los

artículos 114 y concordantes de la mencionada Ley.

9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Granada, 5 de octubre de 1999.-El Rector, Lorenzo Morillas

Cueva.

ANEXO I

Programa

I. Derecho Constitucional

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura,

contenido y valor normativo.

Tema 2. Legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las

leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización.

Tema 3. Las Comunidades Autónomas: Fundamento

constitucional. Delimitación de las funciones y competencias del Estado

y de las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de

las Comunidades Autónomas.

Tema 4. La Administración institucional de la Junta de

Andalucía. Clasificación jurídica y sectorial de los servicios, organismos,

entidades y empresas dependientes.

II. Derecho Administrativo

Tema 5. La Administración Pública y el Derecho. El principio

de legalidad. Potestades regladas y potestades discrecionales. Los

conceptos jurídicos indeterminados. El control legislativo,

jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 6. Los órganos administrativos. Principios de

organización. La competencia como técnica de organización

administrativa.

Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto

y clase. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes, Leyes

Orgánicas y Leyes ordinarias, disposiciones del Ejecutivo con

fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos. Tratados

internacionales.

Tema 8. El Reglamento. Requisitos y forma que deben adoptar

los reglamentos. Clases de reglamentos. Fundamento y límites

de la potestad reglamentaria. La costumbre, la jurisprudencia y

los principios generales del derecho.

Tema 9. El acto administrativo. Concepto y caracteres.

Elementos. Clases. Notificación y publicación. Distinción entre acto

y reglamento.

Tema 10. Eficacia y validez del acto administrativo. Nulidad

de pleno derecho y anulabilidad, convalidación y conversión.

Irregularidades no invalidantes. La ejecutividad del acto

administrativo.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Concepto,

principios generales y clases. Procedimiento administrativo general:

Fases, clases de iniciación y ordenación del procedimiento.

Tema 12. Procedimientos especiales: Clases. Las

reclamaciones previas al ejercicio de las acciones en vía judicial.

Tema 13. Derechos del ciudadano en el procedimiento

administrativo. El interesado. El silencio administrativo y sus efectos.

Tema 14. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Objeto, competencia, plazos, motivos de impugnación y

procedimiento. Los recursos en la administración universitaria.

Tema 15. La revocación. La revisión de oficio de los actos

administrativos. Procesos de lesividad.

Tema 16. La responsabilidad de las Administraciones

Públicas: Consideraciones generales, presupuestos, requisitos

temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y

personal.

III. Derecho Laboral

Tema 17. El Derecho del Trabajo: Concepto y fuentes. La

aplicación de las normas en el ámbito laboral, en especial los

principios pro operarios, de norma mínima y norma más favorable.

Tema 18. Los Convenios Colectivos: Concepto. El III

Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas

de Andalucía.

Tema 19. El contrato de trabajo: Concepto, objeto, causa

y sujetos del contrato de trabajo. Modalidades de contratación

laboral.

Tema 20. Derecho sindical. La libertad sindical: Contenido.

La participación de los trabajadores en la empresa. Representación

sindical de los trabajadores. Régimen electoral.

Tema 21. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la

política de prevención de riesgos laborales. Funciones y

competencia de la Administración. Obligaciones de los empresarios y

responsabilidad jurídica derivada del incumplimiento de las

normas de prevención.

Tema 22. La Seguridad Social de los empleados públicos en

el régimen laboral.

IV. Régimen económico y financiero

Tema 23. Régimen económico y financiero de las

Universidades. Autonomía económica y financiera.

Tema 24. Financiación de las Universidades públicas.

Ingresos públicos: Concepto y clases. Tasas y precios públicos

universitarios. Contratos en virtud del artículo 11 de la Ley de Reforma

Universitaria.

Tema 25. El patrimonio universitario. Titularidad,

administración y disposición de los bienes de las Universidades.

Tema 26. El presupuesto: Concepto y clases. Principios y

funciones del presupuesto. Técnicas presupuestarias.

Tema 27. Los créditos presupuestarios: Principios generales.

Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios,

suplementos de crédito, transferencias de crédito. Otras modificaciones

presupuestarias. Especial referencia a la Universidad de Granada.

Tema 28. Ciclo presupuestario. Elaboración, estructura y

aprobación del presupuesto. Especial referencia a la Universidad

de Granada.

Tema 29. Ejecución del presupuesto. Fases. Pagos: Concepto

y clases. Anticipos de caja fija.

Tema 30. Control presupuestario: Concepto y clases. El

control interno: La función interventora.

Tema 31. Contratos administrativos en la Administración

Pública. Elementos básicos. Tipos de contratos y formas de

contratación. Especial referencia al contrato de obras y al contrato

de suministros.

V. Gerencia pública y administración de recursos humanos

Tema 32. La planificación de recursos humanos en las

Administraciones Públicas. Los procesos selectivos en la Administración

Pública: Pruebas psicotécnicas, entrevistas, perfil del candidato.

La formación del personal.

Tema 33. Definición y análisis de problemas. El proceso de

toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. El cambio

organizacional. La resistencia al cambio.

Tema 34. El factor humano en la organización. El grupo en

la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El

trabajo en equipo. La motivación.

Tema 35. La oferta de empleo público. Los planes de empleo.

Las relaciones de puestos de trabajo. Análisis y descripción de

puestos de trabajo.

Tema 36. Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de la condición de

funcionario. Formación y perfeccionamiento. La carrera

administrativa.

Tema 37. Derechos económicos y profesionales. Situaciones

administrativas.

Tema 38. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios.

Régimen disciplinario. Responsabilidad de los funcionarios

públicos.

Tema 39. El personal laboral en el Reglamento del Personal

de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.

Tema 40. El personal funcionario en el Reglamento del

Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.

Tema 41. La Seguridad Social de los Funcionario Públicos.

Derechos pasivos. Mutualismo administrativo.

VI. España y la Unión Europea

Tema 42. La Unión Europea. El proceso de integración,

objetivos y naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos.

La integración de España. El Acta Única Europea. Los Acuerdos

de Maastricht.

Tema 43. Las instituciones de la Unión Europea, el Consejo,

la Comisión, el Parlamento y el Tribunal de Justicia.

Tema 44. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones

entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los

estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español

al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades

Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

VII. Gestión universitaria

Tema 45. La administración universitaria. Gerencia y

servicios administrativos. Servicios de apoyo a la docencia y a la

investigación. Servicios a la comunidad universitaria. Referencia a la

Universidad de Granada.

Tema 46. La gestión descentralizada mediante entidades

creadas o participadas por la Universidad: Sociedades y

fundaciones universitarias. La cooperación interuniversitaria en la

gestión y en los servicios.

Tema 47. El profesorado universitario: Clases y régimen

jurídico general aplicable. Plantillas y plazas de profesorado.

Selección del profesorado: Acceso y carrera docente. La Comisión de

Reclamaciones del artículo 43 de la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 48. La investigación en las Universidades. Normativa

y ordenación institucional. Fuentes de financiación de los

proyectos de investigación. Los programas de formación de

investigadores.

Tema 49. La acción de las Universidades en el extranjero.

Los convenios de cooperación académica, científica y cultural con

las Universidades extranjeras. Las Universidades y la Unión

Europea. Las Universidades y los organismos internacionales de

educación.

ANEXO II

Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de

concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse

para superar la fase de oposición.

Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios, siendo éstos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas con respuesta alternativa, basado en el contenido del

programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo I

a esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener

una puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la elaboración de dos

dictámenes de entre tres propuestos por el Tribunal y relacionados

con los módulos II, IV y VII del programa (anexo I). Para la

realización de este ejercicio el opositor podrá utilizar solamente textos

jurídicos no comentados.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener

una puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de tres

horas, deberán desarrollar por escrito dos temas de entre tres,

extraídos al azar, correspondiente a los módulos III, V y VI del

programa (anexo I).

El ejercicio deberá ser leído por los opositores, en sesión

pública, ante el Tribunal, valorándose la formación general, la claridad

y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. El

Tribunal podrá plantear al candidato aquellas cuestiones que, en

relación con los temas elegidos, considere oportunas.

Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener

una puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.

Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario

que los aspirantes aporten la justificación documental de los

méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso, en el plazo

de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la

publicación de las puntuaciones del tercer ejercicio, en instancia

que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará

hasta un máximo de 5,62 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

Servicios prestados en la Universidad de Granada en Cuerpos

o Escalas del grupo C a que se refiere la base 2.1 de la

convocatoria, asignándose 0,40/365 puntos día.

Servicios prestados en la Universidad de Granada en otros

Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984,

asignándose 0,20/365 puntos día.

Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en

Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la

Ley 30/1984, asignándose 0,10/365 puntos día.

b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal

consolidado al día de publicación de esta convocatoria,

asignándose las siguientes puntuaciones:

Grado 27-26: 4,82 puntos.

Grado 25-24: 4,41 puntos.

Grado 23-22: 4,00 puntos.

Grado 21-20: 3,59 puntos.

Grado 19-18: 3,18 puntos.

Grado 17 o menor: 2,77 puntos.

c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el

concursante, de acuerdo con el siguiente baremo:

Diplomado: 0,80 puntos.

Licenciado: 1,60 puntos.

Doctor: 2,40 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a

la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer

el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de

esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la

fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese

el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad

en la Universidad de Granada.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará

constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Profesor

titular de Universidad y Gerente de la Universidad de Granada.

Vocales: Don Luis Miguel Molina Castro, funcionario de la

Escala de Gestión de la Universidad de Granada; doña Pilar Illa

Valdivieso, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad

de Granada, que actuará como Secretaria; don Luis Miguel Serrano

Vera, funcionario del grupo B, con destino en la Universidad de

Almería, y don Fernando Palencia Herrejón, funcionario de la

Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Málaga.

Suplentes:

Presidenta: Doña María Jesús Calatrava Escobar, Profesora

titular de Universidad y Vicesecretaria general de la Universidad de

Granada.

Vocales: Doña Manuela Suárez Pinilla, Funcionaria de la Escala

de Gestión de la Universidad de Granada; doña Mercedes Delgado

Muñoz, funcionaria de la Escala Técnica de la Universidad de

Granada; Doña Mercedes Lamparero Domínguez, funcionaria de la

Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad

de Huelva, y don Juan López Domech, funcionario del grupo A,

con destino en la Universidad de Almería.

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