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La entidad "Aresa Seguros Generales, Sociedad Anónima", ha
presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la
fusión por absorción de la entidad "Previsión Médico-Social, Sociedad
Anónima, Compañía de Seguros".
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se
desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos
establecidos en el artículo 23 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de
Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros he
resuelto:
Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la "Previsión
Médico-Social, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros",
por la entidad "Aresa Seguros Generales, Sociedad Anónima".
Segundo.-Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la
inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la
entidad "Previsión Médico-Social, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros".
Dicha cancelación tendrá efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva
inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en
el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación
de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la
notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 25 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición
adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 5 de noviembre de 1999.-P. D. (Orden de 29 de diciembre
de 1996), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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