La Constitución Española encomienda en su artículo 43.3 a los poderes
públicos la labor de fomento de la educación física y el deporte. Por su
parte la Ley del Deporte atribuye al Consejo Superior de Deportes las
competencias que en esta materia son propias de la Administración General
del Estado.
En este sentido y considerando necesario el hacer expreso
reconocimiento de personas y entidades que, bien por su directa actividad o
iniciativa personal, bien como partícipes en el desarrollo de la política
deportiva, han contribuido en forma destacada a impulsar o difundir la
actividad físico-deportiva,
Este Consejo Superior de Deportes, acuerda:
Primero.-Convocar los Premios Nacionales del Deporte,
correspondientes al año 1999, para distinguir a los deportistas, asociaciones y demás
entidades que se hayan destacado por su impulso o promoción de la
Educación Física y del Deporte.
Segundo.-Los premios establecidos son los siguientes:
Premio Reina Sofía: Para premiar a la deportista española que más
se haya distinguido durante el año en su actuación deportiva, tanto a
nivel nacional como internacional.
Premio Nacional don Felipe de Borbón: Para premiar al deportista
español que más se haya distinguido durante el año en su actuación
deportiva, tanto a nivel nacional como internacional.
Premio Infantas de España, SS. AA. RR. doña Elena y doña Cristina:
Para premiar a la persona o entidad que más se haya destacado durante
el año por un gesto especialmente relevante de nobleza o juego limpio
en la práctica deportiva, o que haya prestado una contribución especial
a la erradicación de la violencia en el deporte.
Trofeo Comunidad Iberoamericana: Para premiar al deportista
iberoamericano que más se hay destacado durante el año en sus actividades
deportivas internacionales.
Copa Barón de Güell: Para premiar a equipos selecciones nacionales
que más se hayan destacado por su actuación deportiva durante el año.
Premio Olimpia: Para premiar a la persona o entidad que por su propia
actuación deportiva o por el fomento de la actividad de otros se haya
destacado especialmente en la difusión y mejora de la actividad deportiva
entre los disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales.
Copa Stadium: Para premiar a la persona o entidad que se haya
destacado por su especial contribución durante el año a tareas de promoción
y fomento del deporte.
Premio Consejo Superior de Deportes: Para premiar a la entidad local
española que más se haya destacado durante el año por sus iniciativas
para el fomento del deporte, sea en la promoción y organización de
actividades, sea en la dotación de instalaciones deportivas.
Trofeo Joaquín Blume: Para premiar a la Universidad o centro escolar
que se haya distinguido especialmente durante el año por su labor de
promoción y fomento del deporte.
Premio Nacional de Arquitectura Deportiva: Para premiar a aquella
obra arquitectónica o Arquitectos que, a lo largo del año, hubieran
destacado por una actuación singular o por una obra de conjunto a lo largo
de su vida, siempre relacionada con la arquitectura deportiva.
Tercero.-Por tratarse de una convocatoria abierta, podrán ser
propuestos cuantos deportistas, asociaciones y demás entidades que sean
acreedores, a juicio de los proponentes, de los premios antes enumerados.
Cuarto.-Las propuestas podrán ser formuladas por deportistas
federados, asociaciones deportivas, Federaciones deportivas nacionales y
autonómicas y por cualesquiera órganos de las Administraciones Públicas, en
el modelo de propuesta que podrá obtenerse en el Consejo Superior de
Deportes, en los Departamentos responsables en materia de deportes de
las Comunidades Autónomas y en las Federaciones deportivas españolas.
Las propuestas se dirigirán al excelentísimo señor Secretario de
Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes e irán acompañadas de
la documentación que acredite los méritos que concurren en la persona
o entidad propuesta.
Las propuestas podrán presentarse en el Registro General del Consejo
Superior de Deportes o en cualquiera de los registros contemplados en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, es decir:
En los registros de cualquier órgano administrativo perteneciente a
la Administración General del Estado, a cualquier Administración de las
Comunidades Autónomas o a las entidades locales que hubieran suscrito
convenio con la Administración del Estado.
En las oficinas de Correos.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España
en el extranjero.
Quinto.-El plazo de presentación de propuestas finalizará el día 7 de
enero de 2000.
Sexto.-Un Jurado calificador, nombrado por la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes y presidido por el Director general de Deportes,
estudiará las propuestas presentadas al Secretario de Estado-Presidente
del Consejo Superior de Deportes. Dicho Jurado contará con un funcionario
del Cuerpo Superior de Deportes, como Secretario, que tendrá, entre otras,
las funciones de recibir, clasificar y ordenar la documentación que haya
de someterse a la consideración de los miembros de aquél.
Séptimo.-Los Premios Nacionales del Deportes serán entregados
solemnemente en un acto público que se celebrará en Madrid. Los galadornados
recibirán simultáneamente con el trofeo, un diploma acreditativo de la
concesión del premio que corresponda. En el año siguiente a su concesión,
los galadornados recibirán una réplica en miniatura del trofeo que quedará
en su propiedad y deberán restituir el trofeo original.
Madrid, 22 de noviembre de 1999.-El Secretario de Estado-Presidente
del Consejo Superior de Deportes, Francisco Villar García-Moreno.
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