Visto el expediente de indulto de don Manuel Martínez Leal, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Madrid, en sentencias de fechas 14
de octubre de 1994 y 29 de mayo de 1995, como autor de un delito de
utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de dos años,
cuatro meses y un día de prisión menor y privación del permiso de conducir
durante dos años y otro delito de utilización ilegítima de vehículo de motor
ajeno, a la pena de dos meses de arresto mayor y privación del permiso
de conducir durante un año, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19
de noviembre de 1999,
Vengo en indultar a don Manuel Martínez Leal las penas privativas
de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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