Con fecha 4 de marzo de 1999, la Sección Sexta de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid dictó sentencia a favor de doña Antolina Ramos
Sevillano, Profesora de Enseñanza Secundaria, estimando el recurso
contencioso-administrativo número 1553/96 interpuesto contra
la Resolución de fecha 5 de agosto de 1996, de la Dirección
General de Personal y Servicios, que desestimó el recurso ordinario
por el que se impugnaban las listas de aspirantes seleccionados
en el procedimiento selectivo convocador por Orden de 5 de
diciembre de 1994 para la adquisición de la condición de
Catedrático en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El fallo de la sentencia reconoce "el derecho que asiste a la
señora Ramos Sevillano a ser nombrada Catedrática con efectos
de la resolución del concurso convocado por la referida Orden
Ministerial".
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Incluir a doña Antolina Ramos Sevillano, documento
nacional de identidad número 11.713.116, entre los seleccionados
que han adquirido la condición de Catedrático en el Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria en la especialidad de Física
y Química.
Segundo.-De conformidad con lo dispuesto en el apartado
quinto de la Orden de 27 de octubre de 1995 ("Boletín Oficial
del Estado" de 3 de noviembre), por la que se anuncia la exposición
de las listas de los Profesores que han resultado seleccionados
por las Comisiones de Selección, la condición de Catedrático de
la señora Ramos Sevillano deberá considerarse adquirida con
efectos de 1 de noviembre de 1995.
Tercero.-Asimismo y en cumplimiento de lo dispuesto en el
apartado sexto de la precitada Orden de 27 de octubre de 1998,
la Dirección General de Personal y Servicios extenderá la
correspondiente credencial acreditativa y ordenará su inscripción en el
Registro Central de la Función Pública.
Cuarto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y
contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo,
conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 13 de diciembre de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden
de 1 de marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el
Director general de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
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