A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los
Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola, de los tractores que se citan,
con homologación CEE número de recepción e13-74/150-97/54-0010, según
lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE y en virtud de lo establecido
en el Real Decreto 2028/1986, y en las Órdenes del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de febrero de 1964, de 27 de julio
de 1979 y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General, resuelve:
1. Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria
Agrícola de los tractores marca "NEW HOLLAND", modelos TN 75 (2WD)
y TN 75 (4WD).
2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido
establecida.
3. Los citados tractores deberán ir equipados con una de las siguientes
estructuras de protección:
Marca: "NEW HOLLAND". Modelo: TS 51. Tipo: Bastidor dos postes
atrasado. Contraseña homologación: e13*79/622*88/413*0002.
Marca: "NEW HOLLAND". Modelo: TS 52. Tipo: Bastidor dos postes
atrasado. Contraseña homologación: e13*79/622*88/413*003.
Marca: "NEW HOLLAND". Modelo: TS 53. Tipo: Bastidor dos postes
atrasado. Contraseña homologación: e13*79/622*88/413*0014.
Marca: "NEW HOLLAND". Modelo: TS 54. Tipo: Bastidor dos postes
atrasado. Contraseña homologación: e13*79/622*88/413*0015.
4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.2
del anexo de la Resolución de esta Dirección General, publicada en el
"Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1981, por la que se desarrolla
la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores
agrícolas y forestales con bastidores o cabina de protección para caso de
vuelco.
Madrid, 1 de diciembre de 1999.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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