Suscrita, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Medio
Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el día 18 de noviembre de 1998, la adenda al Convenio
de colaboración entre el suprimido Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre actuaciones derivadas del Plan
Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000, y en cumplimiento de lo establecido
en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo
de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la publicación de
dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 12 de enero de 1999.-La Directora general, Dolores Carrillo
Dorado.
ANEXO
Adenda al Convenio suscrito entre el suprimido Ministerio de Obras
Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma
de Andalucía sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Residuos
Peligrosos 1995-2000, por el que se definen los compromisos de gasto
para 1998 (Anexo I)
En Madrid, a 18 de noviembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga,
Ministra de Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrada por Real
Decreto 762/1996, de 5 de mayo.
De otra parte, el excelentísimo señor don José Luis Blanco Romero,
Consejero de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
EXPONEN
Con fecha 27 de febrero de 1995 fue suscrito un Convenio entre el
suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
y la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre actuaciones derivadas del
Plan Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000.
En el texto del citado Convenio se establecen las condiciones básicas
de colaboración entre ambas Instituciones para financiar las actuaciones
encaminadas a la consecución de los objetivos marcados en el Plan Nacional
de Residuos Peligrosos 1995-2000, aprobado por Consejo de Ministros de 17
de febrero de 1995, así como se regulan los criterios generales de
financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Asimismo, el Gobierno de la Nación, en su reunión de 21 de julio
de 1995 acordó la delegación de la competencia en los titulares de los
Departamentos ministeriales, en su ámbito funcional correspondiente, para
la celebración de Convenios de colaboración con las Comunidades
Autónomas ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto).
Posteriormente, con fecha 23 de noviembre de 1995, se firmó la adenda
al Convenio donde se establece la forma de pago.
Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, se reestructuran los
Departamentos ministeriales y se crea el Ministerio de Medio Ambiente; este
Departamento asume las competencias correspondientes a la Secretaría
de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, atribuidas hasta ese instante
al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, con
excepción de las relativas a vivienda y urbanismo, así como las competencias
de Obras Hidráulicas y las Confederaciones Hidrográficas.
Con la finalidad de conseguir un mayor perfeccionamiento en el
desarrollo y ejecución del Convenio, y en cumplimiento de la normativa
sobre el gasto público, se establecen las siguientes adiciones a las cláusulas
ya convenidas:
CLÁUSULAS
1. La cláusula segunda del Convenio, relativa a la financiación, queda
redactada de la manera siguiente:
"La aportación del Ministerio de Medio Ambiente correspondiente al
ejercicio de 1998 asciende a la cantidad de 70.000.000 de pesetas, según
el desglose que figura en el anexo I, y que se abonará con cargo a la
aplicación 23.08.443D.752 del ejercicio presupuestario de 1998."
a) Igualmente, y conforme a la normativa sobre plurianualización del
gasto, se añade al Convenio un anexo III; en este anexo figuran las
aportaciones del Ministerio de Medio Ambiente correspondientes a los ejercicios
de 1999 y 2000, siendo éstas las siguientes:
En el ejercicio de 1999, asciende a la cantidad de 90.000.000 de pesetas.
En el ejercicio del 2000 asciende a la cantidad de 77.130.000 pesetas.
Las cantidades que durante la vigencia del Plan se habiliten para cada
ejercicio (anexos I y III) con cargo a los Presupuestos Generales del Estado,
se harán efectivas de la siguiente forma:
a) El 50 por 100 de las cantidades previstas en los anexosIyIII
del Convenio, antes del 31 de marzo de cada año, mediante transferencia
como anticipo de fondos para hacer frente a las primeras actuaciones.
b) La Comunidad Autónoma presentará, trimestralmente, certificados
de las actuaciones llevadas a cabo, así como de las ayudas reconocidas
con cargo al Plan, siendo la última de ellas de fecha 15 de noviembre,
contra las cuales se transferirán las cantidades pendientes
correspondientes con cargo al ejercicio vigente.
En el supuesto de que por parte de la Comunidad Autónoma no se
hubiesen justificado la totalidad de los créditos anticipados, conforme a
lo previsto en esta cláusula, la cantidad total pendiente de justificar se
minorará de la cantidad prevista como anticipo para el ejercicio siguiente.
2. Se añade a la cláusula cuarta del Convenio, relativa al acceso a
los Fondos de Cohesión, lo siguiente:
"Asimismo, el compromiso de presentación de proyectos para su
financiación por el Fondo de Cohesión se entenderá condicionado a la
programación que para dicho fondo establece el Ministerio de Economía y
Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Finalmente, el contenido del Convenio se adecuará a lo que el Consejo
de Política Fiscal y Financiera disponga para los años 1998 y siguientes
sobre acceso a los instrumentos financieros previstos, en especial para
tener en cuenta posibles cambios en el vigente sistema de financiación
de las Comunidades Autónomas."
3. Se modifica la cláusula décima, relativa a la vigencia del Convenio,
quedando como sigue:
"El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su
formalización, y tendrá vigencia hasta la fecha de finalización del Plan
Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000, indicado en la cláusula primera
del Convenio."
La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.-El
Consejero de Medio Ambiente, José Luis Blanco Romero.
ANEXO I
Actuaciones programadas para el año 1998 a financiar, en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad
Autónoma de Andalucía
Aportación Comunidad Autónoma Aportación Estado Total Programas
1. Prevención y reducción en origen (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)........... 34.782.609 34.782.609 69.565.218
2. Infraestructuras........................................................................................... 83.478.261 27.826.087 111.304.348
2.1 Reutilización y reciclaje (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
2.2 Tratamiento fin de línea (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
Aportación Comunidad Autónoma Aportación Estado Total Programas
2.3 Infraestructuras de eliminación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
* Depósito de seguridad y vertedero en Nerva (Huelva).
3. Estudios, estadística y base de datos (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)....... 869.565 869.565 1.739.130
4. Investigación y desarrollo (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)..................... 5.217.391 5.217.391 10.434.782
5. Comunicación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).................................... 2.608.696 869.565 3.478.261
6. Formación (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)........................................ 434.783 434.783 869.566
Total....................................................................................................... 127.391.304 70.000.000 197.391.304
ANEXO III
Actuaciones programadas para el período 1998-2000 a financiar, en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad
Autónoma de Andalucía
Aportación Comunidad Autónoma Aportación Estado
1998 1999 2000 1998 1999 2000
Programas
1. Prevención y reducción en origen (al 50 por 100 con la Comunidad
Autónoma)...................................................................... 34.782.609 44.720.497 38.325.465 34.782.609 44.720.497 38.325.465
2. Gestión adecuada de los residuos (al 25 por 100 con la Comunidad
Autónoma)...................................................................... 83.478.261 107.329.193 91.981.122 27.826.087 35.776.398 30.660.374
3. Estudios, estadísticas y bases de datos (al 50 por 100 con la
Comunidad Autónoma).............................................................. 869.565 1.118.012 958.137 869.565 1.118.012 958.137
4. Investigación y desarrollo (al 50 por 100 con la Comunidad
Autónoma)...................................................................... 5.217.391 6.708.075 5.748.820 5.217.391 6.708.075 5.748.820
5. Comunicación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma)........ 2.608.696 3.354.037 2.874.410 869.565 1.118.012 958.137
6. Formación (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)............. 434.783 559.006 479.068 434.783 559.006 479.068
Total...........................................................................127.391.304 163.788.820 140.367.022 70.000.000 90.000.000 77.130.000
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